"Requerimiento" a Salvat por no hacer públicas sus transferencias de valor

La Unidad de Supervisión Deontológica ha solicitado las razones por las que no han publicado las transferencias

Alberto Bueno, director general de Laboratorios Salvat.

01 jul 2019. 13.00H
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POR MERCEDES RIVERA | JAIME RECARTE
Este domingo 30 de junio era el último día del plazo para que las empresas farmacéuticas adheridas a Farmaindustria publicasen sus transferencias de valor, cumpliendo así con el Código de Buenas Prácticas de la patronal. Sin embargo, hay quien no ha cumplido: Laboratorios Salvat que, a pesar de no pertenecer a la patronal desde hace aproximadamente un mes, "sí estaría obligada a publicar estos datos por haber estado adherida durante el pasado ejercicio a Farmaindustria y, por ende, a su Código de Buenas Prácticas", según explican fuentes del sector. 

Según ha podido confirmar Redacción Médica, esta compañía no había publicado sus transferencias de valor a día 1 de julio por lo que "la Unidad de Supervisión Deontológica ha solicitado a la compañía sobre las razones por las que, superado el 30 de junio, no ha publicado todavía estos datos", han explicado fuentes de Farmaindustria.

Dentro del plazo de divulgación establecido -seis primeros meses posteriores a cada periodo aplicable- las compañías farmacéuticas publicarán anualmente la información de cada periodo aplicable. Según pudo saber este periódico, Farmaindustria ha fijado el último jueves del mes de junio para dar a conocer las interrelaciones entre profesionales, organizaciones e industria. Sin embargo, las empresas tienen de plazo hasta el 30 de junio para cumplir el compromiso con la transparencia.


Compromiso


En línea con la demanda de un mayor grado de transparencia, en 2014 se aprobó el Código de Buenas Prácticas, aunque no fue hasta 2016 cuando se empezaron a publicar las transferencias de valor realizadas a profesionales sanitarios y organizaciones derivadas de donaciones o actividades formativas.

Por tanto, las empresas sujetas a las disposiciones del código, deberán documentar y publicar los pagos y transferencias de valor que realicen en beneficio de profesionales sanitarios, organizaciones. La información deberá estar públicamente disponible por un plazo mínimo de 3 años desde su publicación, salvo que legalmente se establezca un periodo más corto.
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