Pfizer, condenada por retrasar la comercialización de genéricos de ‘Viagra’

La multinacional tendrá que indemnizar a tres compañías de genéricos por una cantidad superior al medio millón de euros

Sergio Rodríguez, director general de Pfizer en España.

12 mar 2018. 13.00H
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POR REDACCIÓN
Pfizer tendrá que indemnizar a tres compañías de genéricos por más el medio millón de euros después haber sido declarada culpable de retrasar la comercialización de medicamentos genéricos de su Viagra (sildenafilo).
 
La compañía farmacéutica no solo tendrá que compensar a los laboratorios afectados por la destrucción de medicamentos que se fabricaron y prepararon para el mercado español pero no se pudieron comercializar, sino también por el lucro cesante que provocó la acción de Pfizer, que le permitió a la compañía disfrutar de la exclusividad de mercado para Viagra durante unos 14 meses, más allá de la patente.
 
Según la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, que viene a dar respuestas a varios recursos interpuestos contra una anterior del Juzgado Mercanil, la farmacéutica americana tiene que pagar por “daño emergente computando los gastos en concepto de retirada y destrucción de los medicamentos en el momento inicial de la medida cautelar” unos 248.513 euros a Cinfa, unos 202.290 a Kern Pharma y unos 71.724 a Sandoz. En total, unos 522.527 euros.
 
A esta cantidad hay que sumar las consecuentes indemnizaciones por lucro cesante citadas, es decir, por no haber podido vender producto con su correspondiente cuota de mercado, un periodo que, tras el recurso interpuesto por las citadas compañías de genéricos, ha sido doblado por los tribunales. Aunque todavía no hay cifras confirmadas, esta cantidad, sumada a la comentada anteriormente, podría suponer alrededor de un millón de euros en total, según fuentes del sector.  
 
Cuota de mercado
 
La Audiencia provincial argumenta que la información comercial disponible “permite considerar que los competidores de Pfizer aspiraban legítimamente a disponer de una cuota de mercado superior al 75 por ciento y que esa cuota podría haberse alcanzado antes incluso de la caducidad de la patente de Pfizer”, que la compañía americana había retrasado. “Es justo afirmar que el lucro cesante de las demandantes va más allá de la caducidad de la patente de Pfizer pues en ese concreto momento su cuota de mercado era incluso inferior a la que tenían antes de la efectividad de las medidas. Los datos analizados permiten constatar que los competidores de Pfizer tardaron, cuando menos, un mínimo de un año en recuperar las cuotas a las que razonablemente aspiraban de no haberse adoptado las medidas, la cuota a la que aspiraban se estabiliza por encima del 75 por ciento”.
 
Por ello, la Audiencia considera que “debe estimarse parcialmente el recurso de Kern, Cinfa y Sandoz estableciendo que el período de recuperación a tener en cuenta debe ser de un año desde la caducidad de la patente, en vez de los 6 meses fijados en el auto recurrido. Un año que coincide, grosso modo, con el tiempo en el que Pfizer disfrutó, indebidamente, de situación de monopolio en el mercado”.

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