La farmacéutica estadounidense
Abbvie actuó con
“temeridad y mala fe” tras intentar paralizar un concurso público mediante el cual se licitaba un contrato para suministrar el medicamento
Humira en los centros sanitarios que integran la
Plataforma de Logística Sanitaria de Jaén. Esta la conclusión a la que ha llegado el
Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía (TARC) tras las diligencias oportunas y motivo por el cual sanciona a la compañía.
El valor de este contrato asciende, concretamente, a
1.797.600 euros. En el concurso público, además de Abbvie, que finalmente ha sido la empresa adjudicataria, también participaban
Biogen y
Sandoz. Sin embargo, durante el pasado mes de mayo el laboratorio estadounidense interpuso
un recurso contra este procedimiento en el que impugna los pliegos del concurso, según esplica la resolución sobre el caso emitida por el Tribunal y
a la que ha accedido Redacción Médica.
Fabricante original
Entonces, Abbvie fundamentó que “el contenido de los mismos le provoca
un perjuicio que pretende evitar con el dictado de una resolución estimatoria de su pretensión”, según el texto emitido por la Justicia. La compañía entiende que si la Junta adjudicaba el contrato a otra empresa estaría incurriendo en un delito porque
Abbvie es el fabricante original del principio activo -Adalimumab- de la Humira.
“Si el único empresario adjudicatario del contrato
no es el titular del citado medicamento, se va a producir la sustitución de facto e ilegal del medicamento Humira sin mediar autorización expresa del médico prescriptor”, apunta la propia resolución del tribunal administrativo andaluz.
Sin fundamento jurídico
No obstante, el Tribunal considera que
la reclamación de la empresa no sólo “carece de la más mínima fundamentación fáctica y jurídica”, sino que además su objetivo ha sido “paralizar la actividad de la Administración” y pretender con el recurso
“retrasar la adjudicación del nuevo contrato y satisfacer sus propios intereses en perjuicio del interés público”.
Por ello, se multa a Abbvie con
1.000 euros, al apreciar mala fe en su acción, y a pesar de que aún “no se ha cuantificado el perjuicio ocasionado al órgano de contratación -en este caso, el Servicio Andaluz de Salud-, razón por la que este Tribunal no dispone de datos objetivos para elevar aquel importe”.
Aunque pueda contener afirmaciones, datos o apuntes procedentes de instituciones o profesionales sanitarios, la información contenida en Redacción Médica está editada y elaborada por periodistas. Recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.