El
Gobierno ya ha aprobado seis Proyectos Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica (
Perte), entre los que se encuentra uno específico para la sanidad, llamado de
Salud de Vanguardia. Si bien, no había especificado cómo podían
acceder las empresas a los mismos. Hasta hoy. El
Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este jueves la creación del registro de compañías, paso previo a poder optar a los
Fondos Europeos enmarcados en el Perte.
El registro incluirá la inscripción de todas las entidades,
públicas o privadas, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, que hayan sido
acreditadas por el ministerio competente como interesadas en el Perte, en este caso, el de Sanidad. De acuerdo con la publicación del BOE, el contenido estará colgado en abierto en la web de la
Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) y será de
acceso libre.
El
Perte sanitario, el de Salud de Vanguardia, fue aprobado por el Gobierno en noviembre de 2021. El Ejecutivo lo define como un instrumento de colaboración público-privada centrado en la transformación del
sector sanitario a través de la
ciencia y la innovación. Con este proyecto se pretende impulsar la creación de un sistema sanitario de altas prestaciones basado en la
Medicina de Precisión, las
terapias avanzadas y la
inteligencia artificial.
Este proyecto incluye una
convocatoria gestionada por el Ministerio de Industria para apoyar los proyectos de I+D+i y mejora medioambiental y de eficiencia energética para el sector industrial farmacéutico, que se ha generalizado al de los productos sanitarios. En este sentido, las empresas con proyectos que encajen en dicha convocatoria podrán presentar
individualmente los mismos, aunque también pueden hacerlo
de forma colectiva.
¿Cómo acceder al Perte sanitario?
El registro de empresas para acceder al Perte, llamado
'Reperte', estará dividido en secciones que se corresponderán con cada uno de los proyectos aprobados y tendrá dos fases de creación. La gestión funcional y técnica corresponderá a la IGAE, que está integrada orgánicamente en el
Ministerio de Hacienda y Función Pública.
La primera fase es la de
acreditación, en la que los ministerios competentes en cada uno de los Perte establecerán las condiciones técnicas, económicas y jurídicas exigibles, recibirán las solicitudes de los interesados, las valorarán y acordarán o denegarán la acreditación; y la segunda fase, es de
inscripción, en la que los ministerios comunicarán las resoluciones de acreditación adoptadas a la IGAE a efectos de su inscripción en el Registro estatal.
Funciones del registro para optar al Perte sanitario
La publicación del BOE establece las siguientes
funciones del registro empresarial:
-
Dar difusión a los actos administrativos de acreditación de entidades interesadas de los distintos departamentos ministeriales responsables de los Perte.
-
Garantizar una estructura común de los datos de las entidades interesadas en los Perte.
-
Proporcionar un acceso a los datos de las entidades acreditadas.
-
Certificar la inscripción de una entidad en el registro como acreditada por el ministerio competente.
La norma establece, además, cuál es el procedimiento de inscripción de las entidades interesadas, además de la información que cada departamento ministerial ha de aportar de cada entidad que se quiera inscribir en el registro, así como
los plazos.
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