Eximir al fármaco exclusivo de la ley de contratos abriría nuevas compras

Farmaindustria defiende la exoneración de estos medicamentos de la norma de contratos del sector público

Ana Bosch, directora del Departamento Jurídico de Farmaindustria.

29 jun 2022. 18.50H
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Uno de los nuevos pasos que se podrían llevar a cabo en materia de impulso a la industria farmacéutica sería la exclusión de la compra de medicamentos exclusivos, es decir, los que no tienen competencia, de las reglas que contempla la Ley de Contratos del Sector Público. Este proceso abriría el camino a la compra de fármacos de naturaleza privada y a un modelo "más flexible, eficiente y menos burocrático".

En caso de que se llevara a cabo esta exoneración, no sería la primera vez que se tomaría una decisión de este tipo. Precisamente, a principios de este año se hacía lo propio con los medicamentos contra el Covid-19. La norma se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE), documento que indicaba que se trata de una medida específica y temporal (estará en vigor hasta el 31 de diciembre de 2022) que se pone en marcha ante una situación "excepcional". Con ella, se consigue poner lo antes posible estos medicamentos en el mercado y se evita el retraso en el acceso a los tratamientos.

¿Cómo llevar a cabo este proceso en los medicamentos exclusivos? Farmaindustria plantea que se excluya del ámbito de aplicación de la ley de contratos los de suministro con protección de patente, "los cuales podrán ser adquiridos directamente por los diferentes servicios de salud de las administraciones públicas, tomando como referencia el precio determinado por el Ministerio de Sanidad".

Con esta modificación de la regulación se permitiría la compra directa de medicamentos exclusivos por parte de los hospitales, tal y como ha explicado la patronal de la industria farmacéutica innovadora a Redacción Médica

“Los mecanismos de contratación pública no son los únicos posibles para adquirir medicamentos. Es posible recurrir a acuerdos de adquisición de naturaleza privada quedando sometidos a un régimen de libertad de pactos, y siendo su precio el determinado por el Ministerio de Sanidad con las revisiones y condiciones que se establezcan”, indica Farmaindustria.


Cambio en el modelo de compra de fármacos 


Según el informe 'Spending review' fase II (el estudio sobre gasto hospitalario en el sistema nacional de salud), de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (Airef), los hospitales apenas adquirieron en 2018 el 31 por ciento de los medicamentos bajo la Ley de Contratos del Sector Público, y la mayoría recurrió a la modalidad de contratos menores o la compra directa a las compañías farmacéuticas sin utilizar los procedimientos de adjudicación de esta ley.

“Este dato demuestra que hace falta un cambio en el modelo de compra de medicamentos por parte de los hospitales para hacerlo más flexible y eficiente y con menores cargas burocráticas que el actual”, indicaba recientemente la directora del Departamento Jurídico de Farmaindustria, Ana Bosch, en el I Foro de Gestión y Servicios de Farmacia Hospitalaria, organizado por la Sociedad Española de Directivos de la Salud (Sedisa).

Los motivos por los que los hospitales apenas utilizan el sistema de compras de esta ley para la adquisición de medicamentos son las peculiaridades propias de este sector, aseguró: “La existencia de un precio de financiación pública de los medicamentos fijado por el Estado constituye un elemento diferencial respecto de cualquier otra compra pública de bienes o servicios por las administraciones públicas, por cuanto el principal comprador de los medicamentos innovadores es el propio Sistema Nacional de Salud”.


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