La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (
Aemps) informa de que
la Comisión Europea (CE), a través de la Decisión de Ejecución (UE) 2024/2120, de 30 de julio de 2024,
ha renovado la designación de las cuatro entidades emisoras encargadas de gestionar el sistema de asignación de identificadores únicos de producto
Esta renovación, para un nuevo periodo de cinco años, ha requerido la evaluación de la conformidad de las entidades emisoras con los criterios y condiciones de designación pertinentes y
entrará en vigor al finalizar el periodo de validez de las designaciones anteriores.
Las entidades emisoras designadas inicialmente por la CE, de conformidad con la Decisión de Ejecución (UE) 2019/939, y que ahora se renuevan son las siguientes: GS1 AISBL, Health Industry Business Communications Council (HIBCC),
International Council for Commonality in Blood Banking Automation (ICCBBA) e Informationsstelle für Arzneispezialitäten (IFA) GmbH.
Producto que no sea a medida
El fabricante, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27.3 del Reglamento (UE) 2017/745 sobre Productos Sanitarios,
antes de introducir en el mercado un producto que no sea un producto a medida, asignará a dicho ítem y, en su caso, a todos los niveles superiores de embalaje, un UDI creado de acuerdo con las normas de la entidad emisora designada por la CE.
El
Reglamento (UE) 2017/745 no limita el uso de entidades emisoras para disponer de un etiquetado correcto. Por lo tanto, el fabricante puede utilizar diferentes entidades emisoras para el etiquetado UDI en los diferentes niveles de embalaje. Asimismo, el fabricante puede decidir qué entidad utilizar para crear el UDI básico, ya que es posible el uso de diferentes entidades emisoras para UDI y UDI básico.
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