El
Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dado luz verde a las plataformas que permiten a las farmacias la
venta online sin receta, siempre y cuando se limiten a hacer de contacto entre el farmacéutico y sus clientes, haciendo un servicio de enlace. De este modo, los Estados miembros
no podrán prohibir, en estos casos, el servicio que realizan las plataformas online para la venta a distancia de medicamentos.
La propia sentencia del
Tribunal declara que, cuando el prestador en cuestión "se limite a poner en contacto a vendedores y clientes,
mediante una prestación propia y distinta del servicio de venta"; los Estados miembros "no pueden prohibir dicho servicio" amparándose en que el prestador participa en el comercio electrónico de
venta de medicamentos "sin tener la condición de farmacéutico".
Por otro lado, cuando se considere que el prestador de servicios que no tiene la condición de
farmacéutico "procede por sí mismo a la venta de medicamentos no sujetos a receta médica", el Estado miembro en cuyo territorio esté establecido "podrá prohibir la prestación de dicho servicio".
Venta online de medicamentos "sin receta"
Con esto, el Tribunal responde a una cuestión prejudicial de un tribunal de apelación de París, por una
demanda puesta a la sociedad Doctipharma que, como relata la sentencia, gestiona un sitio de Internet en el que, hasta 2016, era posible
comprar productos farmacéuticos y medicamentos sin receta médica desde los sitios de Internet de oficinas de Farmacia.
"Concretamente, el sitio de Internet de Doctipharma ponía a disposición los productos mediante un catálogo preregistrado, el cliente seleccionaba los medicamentos y su pedido se transmitía seguidamente a las farmacias cuyo sitio de Internet albergaba Doctipharma.
El pago del precio de compra se hacía mediante un sistema de pago único, común a todas las farmacias, desde una cuenta específica", explican.
La Union des groupements de pharmaciens d’officine impugnó la legalidad de dicho sitio de internet. En su opinión, el servicio prestado por Doctipharma implicaba la participación de esta última en el
comercio electrónico de medicamentos y era, por ello, contrario a la legislación nacional que
prohíbe la venta de medicamentos por personas que no tengan la condición de farmacéutico.
"El Tribunal de Apelación de París pregunta al Tribunal de Justicia, por una parte, si la actividad de Doctipharma es un servicio de la sociedad de la información y, por otra, si el Derecho de la Unión permite a los Estados miembros prohibir la prestación de un servicio de ese tipo, que consiste en
poner en contacto, a través de un sitio de Internet, a farmacéuticos y clientes para vender, desde los sitios de Internet de las oficinas de
Farmacia que se han suscrito a dicho servicio, medicamentos no sujetos a receta médica", recoge la nota.
El Tribunal de Justicia precisa, a este respecto, que el servicio de puesta en contacto de farmacéuticos y potenciales clientes para la venta de medicamentos está comprendido en el concepto de
'servicio de la sociedad de la información', en el sentido del Derecho de la Unión.
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