El precio de los medicamentos no se vinculará a las subidas del IPC

El Consejo de Ministros aprueba no vincular la subida de precios de servicios públicos por situaciones puntuales

Íñigo Fernández de Vigo, portavoz del Gobierno y ministro de Educación.

03 feb 2017. 14.30H
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POR CARLOS COROMINAS
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el desarrollo de la Ley de Desindexación de la economía para que no se vincule al IPC la revisión de precios de bienes y servicios del sector público, ante el fuerte incremento que se ha producido en la última subida por el impacto del coste de la electricidad.
 
Tal y como ha señalado el portavoz del Gobierno y ministro de Educación, Íñigo Fernández de Vigo, de esta manera "los billetes de tren, de metro, el precio de los medicamentos y el gas y la electricidad" no se verán afectados "cuando hay subidas del IPC que son puntuales".
 
Según inidica el Ministerio de Economía en un comunicado "la Ley establece como regla general la prohibición de indexar con el objetivo de evitar los denominados «efectos de segunda ronda» y la inercia inflacionista".
 
Con este nuevo desarrollo, las revisiones dejarán de ser automáticas y "sólo podrán variar cuando haya otras causas que hayan sido previamente justificadas y acreditadas". Economía deja claro que la negociación salarial, las pensiones y la emisión de deuda pública no se incluyen esta ley.
 
Sí que recoge algunas situaciones por las que "se permite la indexación" cuando "sea necesario y eficiente". Estas excepciones se centran en algunos precios energéticos regulados, los contratos de arrendamientos donde intervenga el sector público y contratos de obras del sector público a largo plazo.
 
 
 
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