En estos momentos, está en
consulta pública el proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, por el que se regula el
Estatuto de los consumidores electrointensivos. Un aspecto que afecta también a la industria farmacéutica, que está dentro de estos consumidores. El fin principal de este cambio es que se redefina este concepto y a quiénes engloba, así como
reducir cargas administrativas en pro de la eficiencia.
¿Qué se pretende
solucionar con esta norma? Tal y como apuntan desde el Ministerio de Industria, la creación de la figura del consumidor electrointensivo dotó a este tipo de consumidores de un marco propio que "ayuda a mitigar los efectos de sus
altos costes de energía eléctrica para preservar la competitividad de sus empresas". De esta manera, también se pretende evitar su deslocalización.
En este sentido, este RD establece unos requisitos para optar a la categoría de
consumidor electrointensivo que se verifican durante los procedimientos de
certificación y de renovación anual. Sin embargo,
Industria ha identificado que los plazos para el cumplimiento de estas obligaciones son "diversos" y, en algunos casos, su definición inicial está "obsoleta, ya no es adecuada, o introduce una complejidad excesiva en los
procedimientos de comprobación".
"El aumento del número de
consumidores certificados como electrointensivos durante el último año, debido a la
inclusión de nuevos sectores y a la relajación de ciertos requisitos por al aumento del
precio de la electricidad, ha puesto de manifiesto la necesidad de armonizar la definición de los requisitos y obligaciones de los consumidores electrointensivos y de racionalizar los procedimientos de certificación y comprobación del cumplimiento de los requisitos", detallan en el texto oficial presentado en la consulta pública. De hecho, esto se ha comprado porque se ha empezado a
comprobar el cumplimiento de estas obligaciones y la práctica administrativa de las primeras certificaciones de consumidor electrointensivo se resolvieron hace tres años.
Asimismo, otro de los objetivos de esta revisión es
adaptar la norma a la nueva estructura orgánica del Ministerio de Industria y Turismo y, en concreto, de la Secretaría de Estado de Industria, que incluye dos direcciones generales en lugar de la anterior Dirección General de Industria y PYME, que
ha sido suprimida, y el Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, designó como órgano competente para instruir y resolver el procedimiento de certificación.
Definición de consumidores electrointensivos
Por lo tanto, según destacan desde el departamento que lidera el ministro Jordi Hereu, el objetivo básico de esta norma es
mejorar la regulación y gestión del registro de consumidores electrointensivos y el mecanismo de compensación de cargos a estos consumidores.
"Se trata de mejorar la coherencia y claridad de las definiciones de requisitos y obligaciones de los consumidores electrointensivos,
reducir cargas administrativas y aumentar la eficiencia de la acción administrativa de gestión, comprobación y control", aseguran.
Desde la
Asociación Española de Medicamentos Genéricos (Aeseg) ya explicaron en su momento que la
industria farmacéutica es "un
sector esencial y crítico al que asegurar el suministro de gas". "Estamos hablando de la producción de medicamentos, no de productos de consumo, y
no hay bien más esencial que un fármaco para el tratamiento de la salud", subrayó Ángel Luis Rodríguez de la Cuerda, secretario general de Aeseg.
Por su parte, la
Asociación Española de Medicamentos Biosimilares (Biosim) valoraron en aquel entonces muy positivamente las medidas promovidas por el Gobierno de España dirigidas a la industria electrointensiva, como es el caso de la industria farmacéutica: "Sin duda, es una buena noticia cualquier tipo de medida que
favorezca la competitividad y prevenga situaciones de posible desabastecimiento".
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