El escenario legal que rodeó la puesta en marcha de las subastas de medicamentos de Andalucía y los acontecimientos que la rodearon se va dilucidando poco a poco. Y es que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ya ha dado a conocer su visión sobre este asunto, o al menos sobre parte de él.
Según indica este órgano en un resolución a la que ha tenido acceso a Redacción Médica, no existió lesión de la competencia ni “presunto boicot” a estos acuerdos marco autonómicos en las acciones tomadas por el Ministerio de Sanidad por entonces (que consistieron en avisar de que los laboratorios que participaran en las subastas tendrían que aplicar el mismo precio que ofrecieran en Andalucía en el resto de España) y los laboratorios que retiraron su participación en ellos.
Estas cuestiones fueron denunciadas por el Servicio Andaluz de Salud (SAS), pero según Competencia “no cabe analizar la conducta frente al Ministerio de Sanidad en un procedimiento administrativo sancionador, toda vez que las actuaciones del Ministerio se han llevado a cabo en base a sus competencias como órgano administrativo que tiene encomendadas potestades públicas”, destacando “el desarrollo y la ejecución de la política farmacéutica, así como las competencias para el ejercicio de las funciones que competen al Estado en materia de financiación pública y de fijación de precios de los medicamentos y productos sanitarios, dispensados a través de receta oficial”.
Por otro lado, Competencia también exonera a los laboratorios denunciados por el SAS (entre los que se cuentan tanto participantes en las subastas que al final no firmaron el convenio como algunos que no concurrieron, además de Aeseg y Farmaindustria) de vulnerar la libertad del mercado. ¿Por qué?“La incertidumbre jurídica y judicial subyacente (…)justificarían suficientemente la actuación de los laboratorios, sin que fuera necesaria una coordinación entre los mismos”. Una inquietud generada, explica la resolución, por el conflicto competencial entre Estado y Junta de Andalucía que todavía no ha resuelto el Tribunal Constitucional.
Esta justificación también sirve para los mayoristas y las empresas de distribución farmacéutica que habrían suspendido pedidos a “los laboratorios que finalmente suscribieron el convenio”.
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