Autonomía del farmacéutico para sustituir fármacos en desabastecimiento

La nueva Ley de los Medicamentos habilita a estos profesionales ante un problema de escasez

Un farmacéutico manipulando medicamentos.

08 abr 2025. 13.10H
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El Anteproyecto de Ley de los Medicamentos y Productos Sanitarios que acaba de ser aprobado en Consejo de Ministros establece que, ante un problema de desabastecimiento de la presentación de un determinado medicamento, los farmacéuticos podrán dispensar otro fármaco como sustitutivo.

De esta forma, se atiende a una de las principales peticiones de estos profesionales, que ya vieron como el pasado año, el Gobierno acercaba posturas con una respuesta parlamentaria en el Congreso de los Diputados a raíz de una consulta escrita que el Partido Popular presentó con este requerimiento.

Una demanda que pone de manifiesto, por ejemplo, la falta puntual de algunos medicamentos, cuando, según contempla la norma “existe disponibilidad del mismo principio activo en otras presentaciones”. En estos supuestos, se obligaba al paciente a acudir de nuevo al centro de salud para que el médico prescriba el mismo medicamento con la presentación farmacéutica que haya disponible.

Con la normativa que entra ahora en vigor “se evitará una experiencia negativa tanto del paciente como del profesional prescriptor y se acentuará la eficiencia del sistema”. Y es que, los farmacéuticos podrán tener a su disposición un listado de medicamentos de agrupaciones homogéneas para dispensar en situaciones de problemas de suministros.

En primer lugar, se habillitará la prescripción por principio activo (DOE) con el listado de medicamentos, lo que aumentará el número de opciones de medicamentos equivalentes que un profesional farmacéutico puede dispensar en situaciones de problemas de suministro. En segundo lugar, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps) determinará las sustituciones por otros medicamentos que podrán realizar los profesionales de farmacia cuando haya desabastecimiento.

En una entrevista con Redacción Médica, la presidenta del Colegio Oficial de farmacéuticos de León, Montserrat Ávila, hacía hincapié en esta demanda del sector, pidiendo sustituciones en los fármacos “tanto genéricos como marcas, así como el cambio de forma farmacéutica cuando es necesario”.

Por lo general, en España no estaba autorizado el cambio de fármacos de un origen biológico por otro, se haya prescrito el biosimilar o el original. Una de las veces en las que se ha puesto en marcha esta medida fue en 2022, cuando la Aemps recomendó paliar el desabastecimiento en suspensiones pediátricas de amoxicilina con sustituciones en estos fármacos.

Primera prescripción


La Ley también recoge la creación de la categoría de medicamento de primera prescripción, entendido como aquel que tras un diagnóstico “por naturaleza recurrente, de aparición episódica y clínica reconocible de la condición que tratan, puede ser dispensado al paciente en sucesivas ocasiones sin prescripciones adicionales”.

Estos fármacos serán aquellos establecidos por la Aemps y podrán ser recetados al paciente en sucesivas ocasiones “sin prescripciones adicionales durante un periodo de tiempo determinado bajo el consejo profesional farmacéutico”, subraya la norma.

Cadena de suministros


Para garantizar un suministro adecuado de medicamentos al Sistema Nacional de Salud y prever su disponibilidad, la nueva ley incorpora también una batería de medidas de carácter regulatorio o relacionadas con el acceso y la financiación de los fármacos.

Por un lado, se refuerza la necesidad de que los laboratorios cuenten con planes de prevención de problemas de suministro o escasez de sus medicamentos en el mercado, además de la obligación de informar a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios ante posibles problemas de calidad o de fabricación que afecten a su suministro.

Por último, la ley incluye una modificación de la Ley de Contratos del Sector Público para introducir mejoras en la licitación y compra por parte de los órganos de contratación de medicamentos y productos sanitarios.
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