"Secreto profesional y propiedad intelectual" blindan el coste de Luxturna

Transparencia insta a Sanidad a hacer públicas las condiciones de financiación del fármaco de Novartis

José Luis Rodríguez Álvarez, presidente del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.

28 jul 2022. 14.40H
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El Ministerio de Sanidad no desea hacer públicas las condiciones de financiación de Luxturna, desarrollado por Novartis. Por ello, ha optado por poner un recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de Contencioso-administrativo de Madrid, de conformidad con lo previsto en el artículo 9.1 c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra la resolución del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno que pedía estos datos, tras la reclamación de la Fundación Ciudadana Civio.

En este documento de hace un mes se detallaba que después de varias peticiones sin respuesta, este consejo daba al Ministerio dirigido por Carolina Darias un plazo máximo de 10 días hábiles para presentar "la resolución expresa emitida por la Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, estableciendo las condiciones de financiación y precio en el ámbito del Sistema Nacional de Salud del tratamiento Luxturna (Voretigén Neparvovec), desarrollado por Novartis".

Asimismo, en este escrito también se instaba al gobierno a que aporte a Transparencia copia de la información enviada a la reclamante. Finalmente, el proceso con este organismo se cierra y habrá que esperar a la resolución judicial -que podría tardar meses- para ver si da la razón a Novartis y el Ministerio de Sanidad o a Civio.

"Perjuicio económico para Novartis"


En varias ocasiones desde abril del pasado año se le ha solicitado al Ministerio de Sanidad las condiciones de financiación y precio de este fármaco. Una documentación que es esencial para "la inclusión del tratamiento en la prestación farmacéutica en el Sistema Nacional de Salud, según establece el artículo 92 del Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios".

Debido a la falta de respuesta, el solicitante interpuso una reclamación, en aplicación del artículo 242 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, ante Transparencia por "el silencio administrativo en relación a la petición de información mencionada".

Por su parte, fuentes de Novartis, tras ser preguntadas por Redacción Médica, prefieren no dar nuevas declaraciones pero mantienen su postura. La farmacéutica "se opone al acceso a dichos datos" alegando una "obligación legal de confidencialidad prevista"."La entrega de la información solicitada supondría un claro perjuicio para los intereses económicos y comerciales de Novartis, así como para la protección del secreto profesional y de la propiedad intelectual e industrial", sostienen desde la compañía.

En cuanto a la negociación, indican que "no se trata de un procedimiento tasado de negociación", sino que son "conversaciones informales" que tienen lugar durante el proceso de elaboración del informe de evaluación del medicamento en cuestión. Una vez que se llega a un acuerdo se traslada al acto administrativo de financiación y precio (resolución de la Dirección General de Cartera Básica de Servicios del SNS y Farmacia) deviniendo así vinculante para ambas partes de la "negociación".

De hecho, defienden su silencio porque consideran "contrario a los intereses de España poner a disposición de otros estados miembros de la Unión Europea unas informaciones que les ayudarían en su negociación de los precios en sus países respectivos, pero que perjudicarían la obtención de ahorros en España".
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