La
sentencia de la Sección Cuarta, Sala Tercera, del
Tribunal Supremo que anula el
Real Decreto de Troncalidad ha puesto el foco en un aspecto que a veces no se tiene suficientemente en cuenta en el desarrollo legislativo de normas de este calibre: el
impacto económico de su implantación.
“Frente a la Memoria que defendía el coste cero y la ausencia de impacto alguno en los gastos de las Comunidades Autónomas, la Sala entiende que
sí existirán unos
costes directos e indirectos relevantes a los que tendrán que hacer frente”, ha explicado a Redacción Médica
Ricardo De Lorenzo, presidente de la Asociación Española de Derecho Sanitario y socio director de De Lorenzo Abogados.
La Sala solicitó los
trece informes aportados por las autonomías sobre los costes tras “escuchar al perito designado por los recurrentes [la Sociedad Española de Inmunología], que cifró en algo más de
mil millones y medio de euros el coste total de los cambios que supone el Real Decreto”.
Explica De Lorenzo que el tribunal considera que “la Administración del Estado no puede escudarse en la autonomía presupuestaria delas Comunidades” y que debe ser “
especialmente rigurosa” en el análisis económico de la implantación de un sistema que se impone, “necesariamente”, a los entes territoriales.
Por tanto, la elaboración de la nueva normativa tendrá que verse acompañada de un nuevo estudio de impacto económico “
con las consideraciones omitidas”. “Convendría tener en cuenta los informes emitidos por trece comunidades autónomas, en su día, a petición del tribunal, sobre este mismo asunto”.
Finalmente, el jurista considera que “en la dinámica normativa, esta subsanación puede demorar la aprobación del nuevo texto legal
al menos un año más”.
Aunque pueda contener afirmaciones, datos o apuntes procedentes de instituciones o profesionales sanitarios, la información contenida en Redacción Médica está editada y elaborada por periodistas. Recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.