El 5 de junio está marcado en rojo en el calendario para los sanitarios especialistas. Ese día, el
Ministerio de Sanidad ha fijado el inicio del periodo formativo de MIR, EIR, FIR, BIR y PIR. Además, el organismo ha actualizado la
guía de la Formación Sanitaria Especializada (FSE), que introduce este año un endurecimiento de las excepciones para retrasar la incorporación. De este modo, se amplía el listado de supuestos que no tendrán derecho a prórroga. En concreto, Sanidad solo contempla dos situaciones en las que esta podrá concederse: por causas de fuerza mayor temporal o
circunstancias excepcionales, por un lado, y por la
tramitación o prórroga del visado de estancia en España en el caso de ciudadanos extracomunitarios adjudicatarios de plaza, por otro.
Qué justifica la prórroga de incorporación a la plaza MIR adjudicada
En 2026, los
profesionales especialistas en formación deberán tomar posesión de su plaza entre los días 4 y 5 de junio. No obstante, en aquellas comunidades autónomas en las que el 4 de junio sea festivo, la incorporación se realizará los días 3 y 5 de junio. En caso de no realizar el procedimeinto correctamente, el
Ministerio advierte que la persona adjudicataria "perderá los derechos derivados del proceso selectivo".
Con todo, el inicio del periodo formativo queda fijado para el 5 de junio. Sobre esto, el Ministerio limita la prórroga de incorporación a dos supuestos excepcionales. En primer lugar, las
causas de fuerza mayor temporal o circunstancias que impidan la incorporación, como una incapacidad por enfermedad o accidente o los permisos de maternidad, adopción o acogimiento.
La segunda vía es
la tramitación o renovación del visado de estancia en España en el caso de adjudicatarios extracomunitarios. En ambos casos la solicitud de prórroga de incorporación debe presentarse antes de que finalice el plazo de toma de posesión por parte del adjudicatario o su representante legal, junto con la
documentación justificativa, ante la Comisión de Docencia del centro o unidad docente correspondiente. Este órgano será el encargado de evaluar si la petición se ajusta a los supuestos establecidos y, en caso de concederla, deberá notificarlo al
Registro Nacional de Especialistas en Formación de la
Dirección General de Ordenación Profesional mediante el envío de la documentación requerida antes de la fecha de incorporación.
Por otro lado, se amplía el listado de supuestos que no dan derecho a prórroga. A los ya contemplados en la
convocatoria 2024-2025, como la enfermedad de un familiar, el desempeño de otra actividad profesional o la celebración de eventos programados con anterioridad, se incorporan ahora el cumplimiento del preaviso de un contrato laboral previo, las vacaciones pendientes de disfrute y la
inhabilitación administrativa temporal para trabajar en la
administración pública.
Asimismo, el Ministerio subraya que la mera solicitud de prórroga no garantiza su concesión. En consecuencia, su denegación o la falta de incorporación una vez finalizado el plazo autorizado implicarán la
pérdida de todos los derechos derivados del proceso selectivo. Si, tras ese plazo, la persona adjudicataria no puede formalizar el contrato, deberá solicitar una ampliación por el mismo procedimiento, especificando expresamente que se trata de una extensión de la prórroga concedida.
¿Cuándo finalizará la formación sanitaria especializada?
En lo que respecta a la finalización del programa formativo, el Ministerio advierte de que la
Formación Sanitaria Especializada se estructura en programas con una duración mínima de dos años para algunas especialidades y máxima de cinco para otras. En ningún caso podrá finalizar antes de completar el año natural correspondiente ni adelantarse la evaluación. Cabe recordar que la fecha de referencia para los
especialistas en formación de la convocatoria 2025-2026 es el
4 de junio, tanto para las evaluaciones anuales como para la evaluación final.
Por otro lado, la duración anual solo podrá reducirse cuando exista una resolución favorable de
convalidación de periodos formativos previos.
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