El Boletín Oficial del Estado (BOE) recoge este miércoles el Real Decreto (RD) por el que se establece la regulación para el
acceso al título de médico especialista en Medicina Legal y Forense, un acuerdo que fue presentado este mismo martes tras el
Consejo de Ministros.
Así, este RD determina que el acceso a este título puede realizarse por el sistema de residencia. Este programa "comprenderá una
formación tanto teórica como práctica e implicará una participación personal y progresiva del residente en la actividad y responsabilidades propias de la especialidad", según se establece en el RD.
Cabe señalar que el periodo de formación será de cuatro años que se desarrollarán en las
unidades docentes que hayan sido acreditadas por los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses dependientes del Ministerio de Justicia o las comunidades autónomas que tengas las competencias transferidas en esta materia.
Acceso extraordinario
Tal y como se establece en el RD, "se posibilita el acceso extraordinario al
título de especialista en Medicina Legal y Forense de los funcionarios de carrera e interinos que hayan prestado un período mínimo de servicios a la Administración de Justicia como médicos forenses de cinco años".
En este caso, las
solicitudes de reconocimiento se podrán presentar una vez finalice el periodo formativo de cuatro años de la primera promoción de especialistas en Medicina Legal y Forense.
Nuevas plazas MIR
Por último, es necesario destacar que el Ministerio de Justicia y las
comunidades autónomas con las transferencias cedidas en esta materia serán los encargados de proponer anualmente el número de plazas de formación especializada en Medicina Legal y Forense.
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