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Los nuevos MIR, obligados a demostrar su inocencia en delincuencia sexual

La normativa afectará a todos los residentes por igual, indiferentemente de su nacionalidad u origen

Acto de asignación de plazas MIR.

06 may 2016. 10.50H
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POR JOSÉ A. PUGLISI
Cristina Cebrián
Priorizar en la seguridad del paciente. El Ministerio de Sanidad ha comunicado que es de obligatorio cumplimiento la presentación del certificado negativo del registro central de delincuentes sexuales durante el acto de toma de posesión de la plaza. El documento, que es emitido por el Ministerio de Justicia, está en línea con lo indicado en el artículo 13.5 de la ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.

Conscientes de que los futuros especialistas estarán en contacto habitual con menores en la franja de edad que abarca desde los 0 a los 18 años, Sanidad busca una demostración que evidencie que los aspirantes no han sido condenados mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual a los que se refiere la Ley de Protección Jurídica del Menor.

La normativa establece, explícitamente, que “será requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. A tal efecto, quien pretenda el acceso a tales profesiones, oficios o actividades deberá acreditar esta circunstancia mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales”.

Desde la Administración Publica se aclara que los residentes deberán presentar el certificado el mismo día de toma de posesión de la plaza. Sin embargo, precisa que “si el día de toma de posesión no dispone de dicho certificado deberá presentar ante los Órganos de personal copia de la solicitud de dicho certificado al Registro Central de delincuentes sexuales del Ministerio de Justicia, y dispondrá de un plazo máximo de tres meses para presentar el certificado ante los Órganos de personal”

El certificado o la solicitud se incorporarán al expediente del interesado, y al contrato formativo que se firme, en el que se hará constar que la certificación positiva, o su no presentación en el plazo establecido, constituirán causa de resolución del contrato.

Los MIR extranjeros también obligados a cumplir

Los adjudicatarios extracomunitarios o ciudadanos extracomunitarios con una segunda nacionalidad comunitaria, también deberán presentar ante el Registro de delincuentes sexuales junto con la solicitud del certificado negativo de delitos sexuales, así como un certificado negativo de antecedentes penales de su país de origen y de donde es nacional, traducido y legalizado de acuerdo con los Convenios internacionales existentes, respecto de los delitos a los que se refiere el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996.

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