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La nulidad de la troncalidad pospone las demandas de Enfermería

El Tribunal Supremo no entra a valorar el fondo de la denuncia del Consejo General de Enfermería de las especialidades

Carlos Lesmes, presidente del Tribunal Supremo.

23 dic 2016. 12.40H
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POR CARLOS COROMINAS
El Tribunal Supremo ha declarado carente de objeto una denuncia del Consejo General de Enfermería sobre troncalidad dado que ya ha declarado nulo el Real Decreto por contar con una memoria económica insuficiente.
 
La denuncia de Enfermería pone especial énfasis en que la norma de Sanidad conlleva derogar el bloque de especialidades de Enfermería anterior, algo que "introduce una grave inseguridad jurídica". Además, critica que a este Real Decreto la "falta de acceso de los graduados o diplomados en Enfermería a la especialidad de Análisis Clínicos y Bioquímica Clínica".
 
Aunque el órgano judicial reconoce el papel del Consejo General de Enfermería para cursar esta demanda, señala: "Carece de sentido que nos pronunciemos sobre un Real Decreto que ya ha sido declarado nulo por sentencia firme y que, por tanto, ha quedado expulsado del ordenamiento jurídico".
 
Dado que el Tribunal Supremo no ha pasado a analizar ninguno de los motivos de fondo de la demanda del Consejo, no le impone costas del proceso.  

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