El Tribunal Supremo ha declarado carente de objeto una denuncia del
Consejo General de Enfermería sobre
troncalidad dado que ya
ha declarado nulo el Real Decreto por contar con una memoria económica insuficiente.
La denuncia de
Enfermería pone especial énfasis en que la norma de
Sanidad conlleva derogar el bloque de
especialidades de Enfermería anterior, algo que "introduce una grave inseguridad jurídica". Además, critica que a este Real Decreto la "falta de acceso de los graduados o diplomados en
Enfermería a la especialidad de Análisis Clínicos y Bioquímica Clínica".
Aunque el órgano judicial reconoce el papel del Consejo General de Enfermería para cursar esta demanda, señala: "Carece de sentido que nos pronunciemos sobre un Real Decreto que ya ha sido declarado nulo por sentencia firme y que, por tanto,
ha quedado expulsado del ordenamiento jurídico".
Dado que el Tribunal Supremo
no ha pasado a analizar ninguno de los motivos de fondo de la demanda del Consejo, no le impone costas del proceso.
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