El
Ministerio de Sanidad ha publicado este viernes un avance informativo en lo referente a las pruebas selectivas de
acceso al MIR, y al resto de titulaciones de la
Formación Sanitaria Especializada 2021. En el documento se recuerda que
“la fecha de realización de las pruebas selectivas está prevista para el 27 de marzo de 2021” y que “en las próximas semanas se publicará, en el
Boletín Oficial del Estado (BOE), la Orden por la que se aprueba la oferta de plazas y la convocatoria de pruebas selectivas 2020 para el acceso, en el año 2021, a plazas de
formación sanitaria especializada”.
-Consulte aquí el aviso del Ministerio de Sanidad-
Dicho aviso sirve para alertar a los aspirantes sobre el plazo de presentación de documentación para participar en el
examen MIR, y demás
tramites que tendrán que llevar a cabo, siendo este año realizados por vía exclusivamente electrónica.
Sobre el plazo de presentación de solicitudes, el Ministerio de Sanidad señala que “
el periodo de presentación de solicitudes se establecerá en la Orden de Convocatoria que se publique en el BOE, habilitándose en la Sede Electrónica del Ministerio de Sanidad el modelo oficial 790. Será de obligado cumplimiento para participar en estas pruebas selectivas la cumplimentación electrónica de la solicitud de admisión en el modelo oficial 790, en la Sede Electrónica del Ministerio de Sanidad.
No se tramitarán en ningún caso formularios cumplimentados a mano”.
También da información sobre la forma de presentación de solicitudes:
"No se tramitarán en ningún caso formularios cumplimentados a mano"
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1.
Registro electrónico de solicitudes: Será de obligado cumplimiento para todas las personas que dispongan de un DNI/NIE. 1 La información que se facilita es a título informativo no teniendo carácter vinculante para la Administración. - 2 - Los sistemas de identificación admitidos para realizar la presentación de la solicitud serán: Certificado electrónico reconocido de persona física o Cl@ve Permanente. Los sistemas de firma admitidos para realizar la presentación de la solicitud serán: AutoFirm@ y Cl@veFirma. La presentación de solicitudes por vía electrónica conllevará la firma electrónica de la solicitud y el pago electrónico de la tasa de derechos de examen, y siendo por cuenta del aspirante los gastos y comisiones bancarias que se originen. Puede consultar la lista de certificados admitidos en el siguiente enlace: https://firmaelectronica.gob.es/ . Se recomienda a los futuros aspirantes que comprueben la validez de su certificado.
2.
Registro presencial de solicitudes: Excepcionalmente admitido para las personas que no dispongan de un DNI/NIE, dado que no pueden disponer de un sistema de identificación electrónico permitido en España. Las solicitudes así generadas se presentarán2 sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en las oficinas de asistencia en materia de registros, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, en las oficinas de correos, y en las Delegaciones o Subdelegaciones de Gobierno que las remitirán al Ministerio de Sanidad, a través del Registro Electrónico Común.
Presentación del título universitario y los méritos académicos
En lo referente a la acreditación de titulación universitaria, el ministerio apunta que “no tendrán que presentar copia de titulación las personas que hayan sido admitidas a estas pruebas en cualquier convocatoria previa. El resto de personas, en el momento de presentar la solicitud, deberán adjuntar obligatoriamente, en formato pdf, copia del título universitario que en cada caso corresponda, o copia de la resolución de
reconocimiento, homologación o equivalencia, del correspondiente título extranjero, en la que se visualice con claridad el número de registro”.
Sobre la acreditación de méritos académicos, Sanidad señala que “la presentación de los méritos académicos es voluntaria. En el caso de querer presentar los méritos académicos, la documentación acreditativa de los mismos se
presentará obligatoriamente en el momento de realización de la solicitud de admisión, aunque se hayan presentado en cualquier convocatoria previa”.
“En relación a la copia de la certificación académica personal, ésta habrá de incluir al menos, la fecha de finalización de los estudios, las calificaciones de las materias del plan de estudios correspondiente y la media global del expediente académico. En relación a la copia de la titulación de doctor, ésta habrá de incluir la calificación obtenida en la tesis doctoral. Resultará de aplicación lo establecido en el Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones
en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional”, concluye.
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