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Nuevo RD de Especialidades: ejercer 2 años para ACE; recertificar cada 10

La norma, que está en trámite de audiencia pública, incluye una vía transitoria para acceder a los diplomas


08 abr 2021. 10.50H
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POR MARCOS DOMINGUEZ
El Ministerio de Sanidad ha publicado, en trámite de audiencia e información pública, el proyecto de Real Decreto por el que se regula la formación transversal de las especialidades en Ciencias de la Salud, el procedimiento y criterios para la creación y revisión de los títulos de especialista en ciencias de la salud y de los diplomas de área de capacitación específica (ACE), el acceso y la formación de las áreas de capacitación específica y se establecen las normas aplicables a las pruebas anuales de acceso a plazas de formación.

El largamente esperado texto descarta el sistema de acceso a las ACE a través del ‘puente’ de tres años en una especialidad y establece que los especialistas deberán ser sometidos a un proceso de recertificación de sus competencias cada 10 años.

Para obtener el diploma de una ACE será necesario estar en posesión del título de especialista correspondiente y “acreditar un mínimo de dos años de ejercicio profesional efectivo en la especialidad”, duración que podrá modificarse posteriormente.

Estos especialistas podrán acceder a las convocatorias periódicas de plazas de ACE, “acreditadas y financiadas”. No se señala la periodicidad de tales convocatorias. La duración de la formación dependerá del programa formativo de cada una, no se especifica de forma concreta.


Vía transitoria para acceder a una ACE


El nuevo Real Decreto de Especialidades establece una vía transitoria para acceder al diploma para aquellos profesionales que demuestren una experiencia ejerciendo las funciones correspondientes a la ACE de al menos cinco años en los siete anteriores a la entrada en vigor de la norma que regule la “formación continuada acreditada relacionada con el contenido del área de capacitación específica”.

La creación de nuevas especialidades y ACE la iniciará el Ministerio de Sanidad a propuesta de “una o varias sociedades científicas de carácter nacional válidamente constituidas en relación con el área de conocimiento o por la consejería con competencias en formación sanitaria especializada de una comunidad autónoma”, o de la comisión nacional de la especialidad.

Cada diez años, las comisiones de la especialidad (o ACE) tendrán que elaborar un informe de viabilidad de la misma, justificando que responde a las necesidades del sistema sanitario y a la evolución de los conocimientos científicos, y que se encuentra adaptada a las directrices derivadas de la norma comunitaria sobre la materia.

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