El
Ministerio de Sanidad trabaja a contrarreloj para publicar cuanto antes el
Real Decreto que regula la formación transversal de las especialidades en Ciencias de la Salud y que abre la puerta a recuperar la elección presencial de
plazas MIR desde este mismo año. Según confirman fuentes del ministerio, el objetivo es que la norma se haga efectiva
en esta convocatoria y permita que los aspirantes que se
examinan este 25 de enero puedan
elegir a partir de abril su plaza tanto de
forma presencial como electrónica, volviendo así a un sistema que lleva suspendido cuatro años.
Precisamente, el ministerio que dirige
Mónica García sacó a audiencia pública dicha norma a finales del pasado mes de noviembre, la cual recoge también cambios sustanciales en el acceso a plazas de
Formación Sanitaria Especializada (FSE). Como principal novedad, la ley conlleva la
recuperación del sistema de adjudicación presencial de plazas
MIR, EIR, FIR y PIR, “permitiendo que no sea exclusivamente por medios electrónicos”. Asimismo, introduce un sistema para reponer puestos vacantes por renuncias o falta de elección inicial, medida que también sería aplicada en esta misma convocatoria.
Dichas fuentes señalan que todo dependerá de que se pueda aprobar el
Real Decreto antes de que comiencen los actos de asignación de plazas de FSE, pero las mismas se muestran “confiadas” en que la normativa pueda aprobarse en las próximas semanas, lo que permitiría cambiar el proceso de asignación de plazas que en estos momentos sigue siendo exclusivamente electrónico.
El Real Decreto permitirá que la elección presencial no sea exclusivamente por medios electrónicos
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Readjudicación de plazas MIR vacantes
Así, tal y como avanzó
Redacción Médica, el inminente Real Decreto establece que tanto la elección como la adjudicación de las
plazas MIR se podrá llevar a cabo “
a través de medios electrónicos o de forma presencial, de conformidad con lo que se
establezca en la respectiva orden de convocatoria”. “La elección de plaza se realizará de acuerdo con el orden decreciente de puntuación obtenida con la que figure cada aspirante en la relación definitiva de resultados de la correspondiente convocatoria, con las excepciones previstas en el artículo 20 y con independencia de si la titularidad del centro es pública o privada”, añade el documento.
A su vez, el Ministerio de Sanidad sostiene que si bien el sistema actual y herramientas de ayuda como
SIMULE “han supuesto un gran avance y una apuesta por la transformación digital de los procesos administrativos”, la “demanda social existente” motiva “que la regulación en este aspecto no sea taxativa y que permita en cada convocatoria” optar por un modelo que no sea únicamente electrónico.
El otro pilar de este Real Decreto es el relativo a posibilitar que se pueda realizar una adjudicación de las plazas que resulten vacantes
“con posterioridad a los actos de adjudicación por no ser elegidas por las personas aspirantes” o por la “renuncia expresa o tácita de aquellas a las que no se les hubiese adjudicado”.
No obstante, recoge el documento que deberá de aprobarse en Consejo de Ministros, no se permitirá la permuta de plazas entre aspirantes ni el traslado de centro ni unidad docente
“salvo en el supuesto de desacreditación” de la misma “u otros supuestos excepcionales previstos por la legislación aplicable”.
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