El
Boletín Oficial del Estado hace pública este jueves la disposición por la que se establecen convalidaciones entre módulos profesionales de formación profesional del Sistema Educativo Español y medidas para su aplicación. Así mismo,
se establece las convalidaciones entre módulos profesionales de formación profesional del sistema educativo y diferentes medidas para su tramitación y su resolución por la dirección del centro educativo público. Entre ellos se recoge la convalidación y la transformación de varios módulos
profesionales sanitarios.
De este modo,
la norma establece las convalidaciones entre módulos profesionales correspondientes a los títulos de formación profesional derivados de Ley Orgánica 1/1990, también se establecen las convalidaciones entre módulos profesionales correspondientes a los títulos de formación profesional que poseen similares resultados de aprendizaje, criterios de evaluación y contenidos básicos, con independencia del ciclo en el que se incluyan. Por último,
se establecen las convalidaciones entre módulos profesionales correspondientes a los títulos de formación profesional derivados de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, y los derivados de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.
Entre los grados y los ciclos a convalidar se encuentran varios sanitarios, tales como Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería,
Técnico en Atención Sociosanitaria, Técnico en Farmacia y Parafarmacia, Técnico Superior en Electromedicina Clínica.
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