El
Ministerio de Sanidad se ha propuesto regular la “formación común de las especialidades en Ciencias de la Salud”, así como la implantación de
áreas de capacitación específica (ACE), vinculadas a una o
varias especialidades MIR.
Redacción Médica ha tenido acceso al documento que entregó este jueves el Ministerio de Sanidad a las comunidades autónomas, en el seno de la
Comisión Técnica Delegada de la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud, donde se detalla a través de cuatro capítulos el desarrollo de las ACE, así como el procedimiento de creación de títulos de especialistas. Este documento volverá a ser valorado en la próxima
Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud.
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Consulta aquí el borrador del RD por el que se regula la formación común de los MIR-
El borrador detalla que la estructura de formación de las ACE “se llevará a cabo por el sistema de residencia” y se realizarán “en las unidades docentes ya acreditadas para la docencia”, las cuales
“deberán de contar con tutores acreditados”.
La oferta MIR de cada año deberá de reflejar las posibilidades que tiene cada especialidad MIR en función de las ACE acreditadas
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Tal y como ya adelantó este diario, el documento afirma que “podrán acceder a la formación de determinadas ACE aquellos
MIR, de algunas especialidades, a partir del tercer año de residencia”.
De este modo, la convocatoria anual de plazas de
Formación Sanitaria Especializada “deberá incluir, respecto de cada plaza, información acerca de la posibilidad de acceder dese la misma a la formación en un área de capacitación específica”. Es decir, la oferta MIR de cada año deberá de reflejar l
as posibilidades que tiene cada especialidad MIR en función de las ACE acreditadas.
Aunque no se detalla el tiempo de formación que durará la formación en la ACE ni el acceso a la misma en el documento mencionado, si se explica que esa decisión la determinará el Ministerio de Sanidad,
“previo informe del Comité de Área de Capacitación Específica que corresponda y atendiendo a las propuestas realizadas por las comunidades autónomas a través de la Comisión de Recurso Humanos”. La formación en las ACE serán evaluadas tal y como sucede con la residencia MIR, entregando al final de la misma un diploma.
Creación de ACE
El borrador de este
Real Decreto también define el proceso por el cual crear dichas ACE. “La propuesta de creación de una ACE podrá realizarse por una o conjuntamente por varias asociaciones o sociedades científicas, que agrupen profesionales con interés común en el desarrollo de formación en competencias avanzadas dentro de sus especialidad”.
En este sentido, la propuesta será formulada por la persona que ostente y ejerza la representación de la sociedad científica. Una vez creada, el documento apunta que
“la creación de la ACE se entiende sin perjuicio del carácter pluriprofesional de determinados servicios sanitarios y de las competencias que corresponden a las CCAA respecto a la organización de los servicios ubicados en sus respectivos ámbitos de actuación”.
Revisión de títulos de especialista
Dentro del artículo 18 de esta norma en elaboración se especifica también que “cada cinco años las Comisiones Nacionales de Especialidad presentarán un informe de viabilidad en el que se justificara detalladamente que dicha especialidad responde a las necesidades del sistema sanitario, a la evolución de los conocimientos científicos en la formación de especialistas y que
se encuentra adapta a las directrices derivadas de la normativa comunitaria sobre la materia”.
De lo contrario, prosigue el artículo, se podrá incoar la revisión y en su caso modificación, refundición, cambio de denominación o supresión, de un título de especialista si no responde a estos criterios”.
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