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¿Cómo presentar una reclamación a las notas del examen MIR 2025?

El plazo comienza el 6 de febrero a las 9:00 y finaliza a las 17:00 del 11 de febrero

Hay dos formas de reclamar el examen MIR u otro de FSE.

05 feb 2025. 20.20H
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Todos aquellos que no estén conformes con su calificación obtenida en las pruebas de Formación Sanitaria Especializada (FSE) tienen la oportunidad de reclamar su nota en los próximos días. El Ministerio de Sanidad ha publicado este miércoles las relaciones provisionales de resultados de las pruebas selectivas 2024 para el acceso en el año 2025, a plazas de FSE para las titulaciones universitarias de grado/licenciatura/diplomatura de Medicina, Farmacia, Enfermería, Psicología, Química, Biología y Física.

Tal y como recoge la Orden SND/888/2024, de 14 de agosto, la resolución que aprueba estas relaciones provisionales de resultados establece un plazo de cuatro días hábiles para presentar reclamaciones. Concretamente, será entre las 9:00 del 6 de febrero y las 17:00 del 11 de febrero de 2025, con "el fin de subsanar los defectos que motivan la reclamación, realizando las alegaciones y aportando, en su caso, la documentación preceptiva", detallan desde el departamento que lidera Mónica García.

Realizar la reclamación con firma digital


Existen dos procesos diferenciados para hacer la reclamación. Por un lado, todas las personas que dispongan de certificado digital o sistema de firma electrónica (cl@ve) deberán presentar las reclamaciones del examen MIR o de cualquier otro en soporte electrónico, en la dirección https://fse.mscbs.gob.es/fseweb/view/index.xhtml

En el apartado de ‘Convocatoria Actual’, encontrarán una opción de menú denominada 'Presentación de Subsanaciones', en la que deberán realizar los siguientes pasos:

  • Paso 1: cumplimentar el formulario y guardar el mismo
  • Paso 2: añadir documentación adjunta, preceptiva para subsanar.
  • Paso 3: registrar la subsanación.

En caso de duda, un manual específico de ayuda está disponible en esa misma web.

Reclamaciones para personas sin DNI o NIE


Aquellas personas que no dispongan de DNI o NIE y por tanto, no puedan acceder a un sistema de firma electrónica, tienen que seguir otro proceso. En su caso, deberán presentar las subsanaciones presencialmente preferentemente en las oficinas de asistencia en materia de registros, en las Delegaciones o Subdelegaciones de Gobierno y en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

Según indican desde Sanidad, las subsanaciones se presentarán utilizando el modelo de reclamación publicado en la página web del Ministerio de Sanidad (https://fse.mscbs.gob.es/fseweb/view/index.xhtml) y que posteriormente se deberá presentar en las oficinas anteriormente mencionadas.

Por último, aquellas personas que presentaron su solicitud con un número de pasaporte y que durante el periodo de presentación de reclamaciones ya disponen de un DNI o NIE, deberán adjuntar el modelo de reclamación disponible en la página web: https://fse.mscbs.gob.es/fseweb/view/index.xhtml solicitando el cambio del documento de identidad y adjuntando la copia del mismo, a través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do), dirigiendo las reclamaciones al Ministerio de Sanidad- Secretaría de Estado de Sanidad.

Para cualquier consulta, desde el Ministerio de Sanidad dejan dos direcciones de correo de contacto: cau-servicios@sanidad.gob.es o correomir@sanidad.gob.es. Informan de que el horario de atención será de lunes a viernes de 8:00 horas a 17:00 horas.

Aunque pueda contener afirmaciones, datos o apuntes procedentes de instituciones o profesionales sanitarios, la información contenida en Redacción Médica está editada y elaborada por periodistas. Recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.