Hace unas semanas, el debate sobre qué
derechos de maternidad y paternidad tienen los residentes saltó a Twitter, donde los usuarios se preguntaban por qué algunos hospitales no permiten la reducción de jornada o qué pasaba con las guardias cuando la mujer se encontraba en un estado avanzado de su embarazo. María Victoria Gómez, responsable de Desarrollo Profesional de la FSS-CCOO, aclara las dudas.
"La ley de Igualdad es una ley orgánica, por lo que es
para toda España igual. El hecho de que una mujer se pida su reduccion de jornada
es un derecho, en ningún caso se le puede negar", explica María Victoria, que añade: "tú te pides tu reducción de jornada con la correspondiente reducción de salario".
No obstante, la representante de CCOO sí detalla el caso particular de una MIR, con contrato de formación. "El Real Decreto lo que dice es que si un MIR, por las causas que sean, incluida la maternidad; falta al trabajo en más de un 20 por ciento de la jornada en cómputo anual,
esa jornada hay que recuperarla al ser un contrato formativo", señala la representante de Cominiones Obreras, que añade: "Si no fuera así, iría en detrimento de la formación.
Si excede del 20 por ciento, lo tiene que recuperar una vez acabada la residencia."
La importancia de comunicarlo a la empresa
En lo que hace hincapié María Victoria, es en la necesidad de seguir todos los pasos legales para garantizar la salud de la mujer. "Si tu trabajo tiene unas connotaciones como hacer guardias o noches,
hay que comunicar a la empresa que estás embarazada y, automáticamente, se realiza una comunicación al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales para que evalúe el puesto y vea los riesgos que pueda haber y emite un informe", señala la representante, que detalla los siguientes pasos a dar: "La mujer puede ser cambiada de puesto porque se observe algún riesgo especial para el embarazo, primero se le busca un cambio o adaptación de su puesto, por ejemplo no hacer guardias. Pero si no hay riesgo específico, la mujer continúa en su puesto hasta que por su estado avanzado de embarazo se le da una suspensión del puesto por riesgo y se va al INSS cobrando el cien por cien, incluyendo las guardias; o se le da una baja laboral".
Una vez se es madre, explica la responsable, "
se accede a las 16 semanas de baja, las primeras seis son obligatorias y nadie va a darte el alta, a partir de la séptima podrías incorporarte. Eso, en principio, es igual en todas las comunidades autónomas".
Hay autonomías que han incluido mejoras
El tema de las guardias, afirma,
"está perfectamente regulado y en el propio Real Decreto se incluyeron sentencias de los propios tribunales": "Si estás embarazada y existe un riesgo, tienes que dejar de hacer guardia y se las pagan. No se reduce el número de guardias si no hay una evaluación de riesgos previa, como para cualquier trabajadora".
Las diferencias que los residentes denuncian, puede deberse a la transferencia de competencias a las autonomías. "Los MIR tienen unas condiciones de trabajo reguladas en el Real Decreto, pero
hay comunidades autónomas que a partir de la negociación sí han incluido mejoras que se tienen para el resto de servicio sanitario, por ejemplo la Comunidad Valenciana, donde los residentes tienen menos jornada porque el decreto jornada les es de aplicación como al resto de trabajadores", señalan desde Comisiones Obreras, que considera que las anomalias pueden darse más "en determinados hospitales o servicios", e insta a ponerlo en conocimiento de los sindicatos.
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