El Ministerio de Sanidad ha endurecido el control de varias drogas de síntesis de aparición relativamente reciente incluyéndolas en los listados que reserva la ley para la prohibición de sustancias psicotrópicas desde 1977.
Así, según se lee en la edición de este miércoles del boletín oficial del estado (BOE), quedan dentro de la lista 1 del anexo I del Real Decreto 2829/1977, de 6 de octubre, dos sustancias psicodélicas: la conocida por su fórmula química como 25B-NBOMe,2C-B-NBOMe, y la 25C-NBOMe, 2C-C-NBOMe.
De acuerdo con el desarrollo de la ley en una orden de 1981, las sustancias que integran ese listado 1 “tendrán la consideración de sustancias prohibidas, y, por consiguiente, no podrán ser objeto de producción, fabricación, tráfico, posesión o uso”.
Por otra parte, en el mismo BOE se informa de otras tres sustancias psicotrópicas cuya fabricación queda relegada a fines de investigación científica previa autorización expresa de las autoridades sanitarias y para las que, en todo caso, no se contempla uso terapéutico.
Se trata del naftalen-1-ilo(1-pentilo-1h-indol-3-ilo) metanona (JWH-018), la sustancia 1-(5-fluoropentilo)-1h-indol-3-ilo-naftaleno-1-ilmetanona (AM-2201) y la (R,S)-1-(1,3-benzodioxol-5-ilo)-2-(metilamino)propano-1-ona (Metilona,betaceto-MDMA). Las tres quedan en adelante incluidas en el listado II de la citada normativa.
Por último, se desplaza la 1-bencilpiperazina, conocida como BZP, de la lista IV de esa misma normativa a la lista II, es decir, a la que solo acepta su posible fabricación y uso para fines científicos previo visto bueno de las autoridades sanitarias.
La BZP, de acuerdo con la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps), se define como “una sustancia sintética farmacológicamente activa, perteneciente a la familia de las piperazinas que, al igual que la anfetamina y la metanfetamina, se considera un estimulante del sistema nervioso central”.
Asimismo, la BZP “carece de valor médico probado y reconocido por lo que no hay medicamentos autorizados conocidos que la contengan en España ni en la Unión Europea”.
Orden de 11 de mayo por la que se prohíben sustancias psicotrópicas por Sanidad
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