El Ministerio de Sanidad ha presentado la memoria de la
Orden por la que pretende
ampliar los servicios de la cartera básica del Sistema Nacional de Salud y con la que se prevé
ahorrar más de 20,5 millones de euros. La norma, que fue
sometida a consulta entre los meses de enero y febrero, entrará en vigor el
2 de enero de 2019.
Esta ampliación incluirá el
cribado poblacional del cáncer de cérvix, actualizará el contenido del catálogo común de prótesis externas, facilitará un
sistema de comunicación a pacientes con trastornos neuromotores graves y clarificará que la micropigmentación de la areola mamaria y del pezón forma parte de la
reconstrucción para mujeres mastectomizadas.
En concreto, esta orden modifica los anexos I, III y VI del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización.
Impacto económico y plazos de adaptación
El análisis económico y presupuestario de estas modificaciones presentado por el Ministerio de Sanidad detalla un ahorro final de más de 20.552.906 euros, aunque durante el primer año de su implantación,
supondrá un gasto de 5.474.569 millones.
Durante su primer año de implantación supondrá un gasto de 5.474.569 euros
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En cuanto a los plazos, a partir de la fecha de entrada en vigor de la norma, las comunidades autónomas, Ingesa, Muface, Isfas y Mugeju dispondrán de un periodo de
seis meses para adaptar sus respectivas carteras de servicios a lo dispuesto en la orden.
Implantación en las carteras de servicios
En el caso de la implantación del
cribado poblacional de cáncer de cérvix se hará de forma progresiva, de manera que en el
plazo de cinco años deberá haberse iniciado este programa y en diez años la cobertura entendida como invitación a participar, se aproxime al cien por ciento.
En segundo lugar, las carteras de servicios deberán facilitarán la
micropigmentación de la areola mamaria y del pezón en el
plazo de cinco años. Por último, la ampliación de la edad de financiación de los audífonos hasta los veintiséis años se hará
de forma gradual, incluyendo inicialmente hasta los veinte años e incorporando tramos de edad anuales de dos en dos años hasta alcanzar los veintiséis años.
Puesta en marcha de la oferta de productos
La empresa que desee
ofertar al Sistema Nacional de Salud alguno de sus
productos comercializados recogidos en la ampliación
deberá comunicar, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la norma, la información sobre el producto al sistema informatizado para la recepción de comunicaciones de productos ortoprotésicos al Sistema Nacional de Salud.
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