El Ministerio de Sanidad ha publicado una
orden en el Boletín Oficial del Estado
(BOE) con la que fija, por vez primera, los
márgenes para farmacias y distribución en productos dietéticos facturados al Sistema Nacional de Salud (SNS).
El documento viene a modificar y complementar la Orden SSI/2366/2012, de 30 de octubre, por la que se establece el
factor común de facturación de la prestación con productos dietéticos y fija, concretamente, la parte máxima del coeficiente de corrección que corresponde a boticas y mayoristas.
Con todo, Sanidad asegura que la norma “no impide que puedan realizarse
descuentos por parte de los distribuidores a las oficinas de farmacia por pronto pago o por volumen de compras siempre que no se incentive la compra de un producto frente al de sus competidores y queden reflejados en la correspondiente factura”.
Para decidir cuál será este margen, se ha acordado ejecutar solo el
primer tramo al que están sujetos ya los medicamentos vendidos en farmacias (que están sometidos a cuatro, en total).
Nuevos subtipos financiados
Además, con la orden se incluyen
nuevos tipos subtipos de productos dietéticos financiados entre las fórmulas exentas de leucina; las exentas de isoleucina, metionina, treonina y valina, y las exentas de lisina.
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