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Sanidad busca engrosar su cuerpo de farmacéuticos con una OPE de 85 plazas

La Aemps, la Aesan, el Centro Militar de Farmacia y las delegaciones del Gobierno, posibles destinos para los aspirantes

Fachada del Ministerio de Sanidad.

17 dic 2024. 09.45H
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El Ministerio de Sanidad busca personal para fortalecer el Cuerpo de Farmacéuticos Titulares. Así pues, en el Boletín Oficial del Estado (BOE) se ha publicado una Oferta de Empleo Público (OPE) con un total de 85 plazas convocadas, 75 de ellas con acceso general y los 10 restantes para personas con discapacidad. Las personas aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos sistemas de ingreso, bien acceso libre o por el cambio de régimen jurídico del personal laboral fijo para el personal de la Administración General del Estado. Esta convocatoria deberá ejecutarse en el plazo máximo de dos años y las respectivas fases de oposición en un año.

Entre los requisitos que deben cumplir las personas aspirantes, se determina que sean poseedoras de la nacionalidad española, pese a que también podrán participar los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea y el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea.

La titulación es otro de los requisitos que demanda el Ministerio de Sanidad, por lo que solamente podrán acceder aquellas que estén en posesión o en condiciones de obtener el título de Licenciado o Graduado en Farmacia a la fecha de fin del plazo de presentación de solicitudes.

Dónde y qué funciones desempeña el Cuerpo de Farmacéuticos


El Cuerpo de Farmacéuticos Titulares del Estado está formado por farmacéuticos funcionarios de carrera, que desempeñan su labor profesional en diferentes puestos dentro de la Administración General del Estado, desarrollando funciones del Estado en materia de medicamentos, productos sanitarios, cosméticos, alimentación y comercio exterior.

Este grupo de profesionales ejercen su trabajo en las siguientes entidades: La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps), la Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aesan), el Centro Militar de Farmacia de la Defensa y las Áreas de Sanidad de las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas.

A nivel profesional, las tareas que realizan los Farmacéuticos Titulares son de tipo técnico, y dependen sustancialmente de la Institución en la que eligen su destino. En la mayoría de los casos se trata principalmente de funciones de evaluación, autorización, inspección, análisis, control y registro.

Las dos modalidades de examen


El proceso selectivo se realizará a través del sistema de oposición para las personas aspirantes que se presenten por el turno de acceso libre, y mediante el sistema de concurso–oposición para aquellas que lo hagan por el turno de cambio de régimen jurídico del personal laboral fijo.

La fase de oposición del turno de acceso libre constará de cuatro ejercicios eliminatorios, en que se destaca un cuestionario de 120 preguntas, y una prueba de traducción del inglés al español. Además, los aspirantes deberán realizar una prueba por escrito de un caso práctico como forma de evaluar sus conocimientos teóricos en situaciones reales.

La prueba que deberán realizar aquellos aspirantes que buscan un cambio de régimen jurídico del personal laboral fijo será distinta y tendrá una puntuación máxima de 60 puntos. En la prueba se destaca con un examen de 80 preguntas tipo test y el segundo ejercicio, de carácter voluntario, consistirá en la evaluación del conocimiento del idioma inglés.

Situación de embarazo o riesgo de parto


El Ministerio de Sanidad también estipula que si a causa de una situación debidamente acreditada de embarazo de riesgo o parto, alguna de las personas aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo, su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas. Además, la institución advierte que la realización de estas pruebas no podrá conllevar una demora que menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables.
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