El
índice de precios de consumo (IPC) marcará la evolución de los emolumentos en el sector de la distribución farmacéutica. Así lo indica el
convenio colectivo estatal de este sector que ha publicado el
Boletín Oficial de del Estado, que marca las subidas de sueldo, y las correspondientes tablas salariales, para el presente 2017 y el próximo 2018.
En principio, el documento recoge un incremento para este año y el próximo de un
1,8 por ciento en cada periodo, una proporción
muy superior a la pactada entre sindicatos y patronal en el último acuerdo. En el caso particular del presente 2017, “
el pago de los atrasos pendientes desde el 1 de enero de 2017 se hará efectivo en el mes de septiembre”, así que las posibles
deudas de las empresas con sus trabajadores ya tendrían que estar solventadas.
Sin embargo, esta subida salarial está sujeta a cambios, tal y como indica el artículo 17 del documento. En él se precisa que
si el IPC registra una variación respecto al porcentaje de incremento inicialmente pactado se efectuará una revisión salarial. Y todo indica que será a la baja, dado que según los últimos datos este indicador acabará con el año con un ascenso del 1,2 por ciento (un 0,6 por ciento menos que el convenio).
Con todo,
los trabajadores no habrán de proceder a la devolución de salarios de 2017. “Se detraerá la diferencia entre el incremento pactado y el IPC del año de 2017” de la subida salarial de 2018,
aunque sin perder el poder adquisitivo ganado el año anterior. La misma fórmula se empleará en el caso del próximo año, si el IPC vuelve a quedar por debajo de la prevista subida salarial.
Por otro lado, y si el IPC crece por encima del 1,8 por ciento,
se tendrá que abonar la diferencia a los asalariados en el mes de enero del año siguiente (2018 y 2019).
"Valoramos positivamente la firma del convenio", indica
Eugenio Pardo, uno de los negociadores del texto, de
UGT. "Hemos empleado esta fórmula para la revisión salarial
para no perder y recupera poder adquisitivo".
En este sentido asegura que el objetivo de los sindicatos era "alcanzar la
paz social en sector tras los diversos
decretazos sufridos".
Antigüedad y defunción
Por otro lado, el convenio reconoce unos
pagos por permanencia y antigüedad. Todo trabajador que lleve 25 años en un mayorista de medicamentos o en una empresa de distribución deberá percibir un importe de
600 euros y el que lleve 45 años unos
1.050 euros.
Además, el convenio incluye una
ayuda por defunción, por la que la empresas tendrá que abonar unas tres mensualidades a sus familiares o herederos, “iguales cada una de ellas a la última percibida por el trabajador/a”.
Acceda al convenio colectivo publicado en el BOE
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