El Jurado de
Autocontrol, organismo de autorregulación de la industria publicitaria en España,
ha estimado la reclamación presentada por un particular contra la publicidad de
Mifarma Tienda Online por considerarla "engañosa". En concreto, esta reclamación hace referencia a la publicidad difundida en
internet que afirmaba lo siguiente: “Introduce tus datos más abajo y recibirás el cupón de 6 euros a tu email para hacer tu primer pedido”.
Un tipo de publicidad que, según el jurado de Autocontrol, "
infringe la norma 14 del Código de Conducta Publicitaria porque omitía una información esencial, ya que el cupón promocionado solo podía utilizarse si la primera compra
era superior a 49 euros".
Frente a esta conclusión, la Sección aclaró que "no cabía oponer el hecho de que dicha mención apareciese en el correo en el que se le hacía llegar el cupón al cliente con posterioridad, dado que resultaba evidente que esta información
no aparecía en la publicidad y, por tanto, el consumidor no había podido tenerla en cuenta en el momento de formar sus preferencias y decisiones".
El fallo
Por tales razones, el órgano de autorregulación de la industria publicitaria estima la reclamación, declara que la publicidad infringe la norma 14 del Código de Conducta Publicitaria e
insta al anunciante a la rectificación de la misma en los términos previstos en los fundamentos deontológicos.
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