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La ordenación farmacéutica autonómica gira para enfrentar el reto rural

Siete de ellas trabajan en una nueva ley de ordenación farmacéutica o ya la han aprobado

Una farmacia rural.


10 may 2026. 18.45H
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La sociedad ha cambiado y con ella el modelo farmacéutico instaurado en nuestro país. A finales del siglo XX y a principios del XXI, las autonomías crearon sus normativas de ordenación farmacéutica. Algunas se remontan a los años 90 y otras incluso superan el 2005. Han pasado 20 años y solo siete regiones trabajan en nuevas leyes o ya las han aprobado en su respectivo Parlamento autonómico en la última década. 

Además, cuatro territorios han reformado sus normativos vía artículos y otras cinco, además, mediante decretos, las principales herramientas legislativas con las que cuenta la cúspide política de nuestro país. Eso sí, solo una región no ha registrado ninguna modificación de su ley, que tiene fecha de 1997.

Un punto destacable es que todas en sus nuevos textos han apostado por la farmacia rural, no contemplada como concepto en la mayoría de documentos previos. Pero eso ha cambiado. Territorios como Castilla-La Mancha o La Rioja, en sus recién aprobadas leyes, han apostado por la potenciación de los botiquines farmacéuticos y la mejora de la asistencia farmacéutica de zonas rurales

Galicia


La comunidad gallega tiene como referencia su Ley 3/2019, de 2 de julio, de ordenación farmacéutica. En ella, se recogen modificaciones al anterior texto, como la mención explícita a las zonas farmacéuticas rurales que, en su caso, se corresponden con los ayuntamientos con menos de 10.000 habitantes. 

Asimismo, de forma complementaria, la región aprobó el pasado mes de octubre de 2025 el Acuerdo por el que se declaran determinadas zonas farmacéuticas como especiales, en atención a sus características geográficas, demográficas y sanitarias. Una iniciativa diseñada en colaboración con los cuatro colegios oficiales de farmacéuticos de Galicia.

Concretamente, se reconocieron 29 áreas como zonas farmacéuticas especiales (ZFE). Dentro de las mismas se ofrecerán ayudas destinadas a la contratación de nuevos profesionales, entre otras medidas, con el objetivo de "garantizar la continuidad asistencial" de las oficinas de farmacia.

Asturias


Actualmente, la nueva Ley de Ordenación Farmacéutica del Principado de Asturias se encuentra en fase de alegaciones. Así lo confirmó la consejera de salud, Concepción Saavedra, a principios de mes. Su anterior normativa es de 2007, una de las más actualizadas en el territorio nacional aun así.

Para su ideación, la Consejería de Salud y el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Asturias crearon un grupo de trabajo conjunto para profundizar en los aspectos que más preocupan al colectivo profesional. Entre ellos, la racionalización de guardias y horas, el refuerzo de la farmacia rural y la organización del trabajo de las oficinas de farmacia. 

Además, se prevé reducir los horarios de las farmacias e incluso se barajan ayudas económicas a las oficinas, teniendo en cuenta las características de cada farmacia o botiquín.

Castilla-La Mancha


Fue hace poco más de un mes cuando las Cortes de Castilla-La Mancha aprobaron la modificación de la Ley de Ordenación del servicio farmacéutico manchego. Según el consejero de Sanidad autonómico, Jesús Fernández, "la razón de ser y el objetivo principal de la modificación presentada es mejorar la asistencia farmacéutica de la población, algo que no acaba con la norma con rango de ley que nos ocupa hoy, sino que inspira la labor para los posteriores desarrollos que reglamentariamente favorezcan esta finalidad".

En la reforma, se facilita la actividad de los profesionales farmacéuticos adoptando medidas flexibilizadoras para el desempeño de sus funciones y mejoras en la actividad de las propias oficinas de farmacia. Eso sí, la ley no agota las actividades que puedan desarrollar los profesionales de las farmacias conforme a su cualificación y especializaciones. 

Asimismo, se favorece "el establecimiento y la sostenibilidad de las farmacias en el medio rural, promoviendo una asistencia farmacéutica específicamente diseñada para responder a las necesidades de la población que residen en zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación, sobre todo en núcleos de población de menos de 1.500 habitantes".

Comunidad de Madrid


La Comunidad de Madrid espera poder ejecutar de forma "inminente" la puesta en marcha de la Ley regional de Farmacia. Aspectos tan relevantes como los horarios y servicios de guardia adaptados a la realidad actual, los sistemas personalizados de dosificación (SPD) como herramienta clave para mejorar la seguridad y la adherencia terapéutica de pacientes crónicos, polimedicados o dependientes forman parte del texto en el que trabaja la capital.

A ellos se suma el refuerzo de la atención farmacéutica domiciliaria, una novedad muy estudiada por el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid, que ya ha garantizado que será en la proximidad de la farmacia y por el farmacéutico. También se ayudará a todas las farmacias, independientemente del tamaño, a tener un SPD.

Aun así, el anterior texto es reciente, ya que se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado año 2022. De todas formas, se ha optado por una nueva estrategia en este ámbito

La Rioja


El Parlamento de La Rioja aprobó en septiembre de 2025 la nueva Ley de Atención y Ordenación Farmacéutica de La Rioja, una norma que actualiza y sustituye la legislación de 1998 para dar respuesta a los profundos cambios que ha experimentado el sector en los últimos 27 años

Un aspecto relevante de esta norma se centra en la incorporación del concepto de "atención farmacéutica" en el propio título de la ley, con el que se reconoce y refuerza el papel asistencial del ámbito farmacéutico, más allá de la mera ordenación de establecimientos y servicios. 

Uno de sus ejes principales en la nueva ley es la atención farmacéutica en el ámbito rural. Y es que se potencia la figura del botiquín farmacéutico, regulando su autorización y adscripción a farmacias de menor población para garantizar la viabilidad de la farmacia rural y asegurar el acceso a la medicación en todos los municipios riojanos. 

Cataluña


El Departament de Salut encabezado por Olga Pané, hoy en día, avanza en la elaboración del anteproyecto de ley de modificación de la Ley 31/1991, de 13 de diciembre, de ordenación farmacéutica de Cataluña. Aunque ha sido un proyecto de años atrás, el elevado número de aportaciones registrado en la fase de tramitación de la consulta pública ha retrasado el proceso. 

Sumado a ello, la región ha modificado numerosos artículos de la misma a lo largo de los últimos años. La novedad más reciente se conoció en 2011, cuando se añadió la Disposición Adicional Cuarta, que se centra en la aplicación de un lenguaje inclusivo y de género neutro, justificada por economía lingüística y dificultades técnicas generales. 

Comunidad Valenciana


En verano de 2025, la Comunidad Valenciana sacó a información pública lo que sería la modificación de su actual ley de farmacias de 1998. Una acción que busca reforzar dos puntos clave: la Farmacia Hospitalaria y la farmacia rural.

Además, la necesidad y oportunidades de la aprobación de esta ley se basan en la inclusión de las unidades de radiofarmacia como unidad asistencial teniendo en cuenta la necesidad de custodia, conservación y dispensación de radiofármacos en el ámbito hospitalario. Esto permitiría solventar el vacío normativo en la presente materia y atender sus necesidad de regulación normativa estableciendo sus requisitos generales.

Horarios de farmacias y dotación de recursos humanos, vía decreto


La Comunidad Foral de Navarra aprobó en octubre de 2024 el decreto por el que se regula el horario de atención al público y el servicio de guardia de las oficinas de farmacia de la región. En cuanto a la Ley 12/2000, de 16 de noviembre, de Atención Farmacéutica, fue modificada vía proyecto de Ley Foral en 2008.

En aquel entonces se incluyó una mayor planificación de la apertura de oficinas de farmacia, se eliminó la contratación con terceros en los servicios de farmacia de los centros sociosanitarios, se incluyó el incumplimiento de las obligaciones derivadas de las guardias como infracción y se modificaron las sanciones para adecuarlas a las oficinas de farmacia.

Por su parte, uno de los planes del consejero de Salud de Euskadi, Alberto Martínez, es terminar de diseñar el proyecto de Decreto de modificación del Decreto 188/1997 por el que se determina el horario de atención al público de las oficinas de farmacia. Hasta el 12 de marzo estuvo en consulta pública. 

Aparte de ello, este año se llevará a cabo el proyecto de Decreto de modificación del Decreto 243/1992 por el que se ordenan los servicios farmacéuticos de los hospitales de Euskadi. No obstante, el texto base sigue siendo el mismo, habiendo experimentado modificaciones en 2012.

Aunque es de 2001 la Ley de Ordenación Farmacéutica de Castilla y León, se ha desarrollado vía decretos a lo largo de las dos últimas décadas. El último se registró en 2011 y tenía el objetivo de regular el procedimiento de autorización de apertura, traslado, modificación, cierre y transmisión de las oficinas de farmacia, la dotación de recursos humanos y las características de los locales donde se instalen las oficinas de farmacia. 

Además, gracias a la entrada en vigor del Decreto-ley 3/2014 que modificó la Ley de Farmacia de Andalucía, se pudo reabrir el primer concurso público de adjudicación de farmacias. Además, el decreto-ley eliminó la caducidad del derecho a la titularidad por motivos de edad cuando el farmacéutico tiene más de 65 años, y para las farmacias de municipios de menos de 1.000 habitantes se rebajó la superficie útil mínima de las oficinas de nueva apertura o traslado.

Con una ley de 1999, Aragón añadió en 2014 una Disposición Transitoria Octava a la norma, que se modificó en 2017 vía decreto. En él, entre otras cosas, se establecía un horario mínimo de apertura de las oficinas de farmacia.

Modificación por artículos de las leyes farmacéuticas


Comunidades como Cantabria, Extremadura, Baleares y Canarias han optado por modificar vía artículos sus respectivas normativas farmacéuticas. La Región de Murcia, por su parte, mantiene la ley sin cambios desde 1997.
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