El
Consejo General de Farmacéuticos ha publicado un nuevo informe sobre ‘
Asistencia Farmacéutica en Centros Sociosanitarios. Papel de la Farmacia Comunitaria. Análisis y propuestas’. El documento, elaborado por el
Grupo de Trabajo de Atención Sociosanitaria y Domiciliaria, recoge las consideraciones generales para asegurar una asistencia farmacéutica de calidad a la población en centros sociosanitarios, y contribuir con ello a la sostenibilidad del Sistema Sanitario.
De manera sintética, el documento recoge obligaciones y deberes tanto de las administraciones como de las farmacias en este ámbito. Entre ellos que “se debe garantizar el
derecho de los ciudadanos a recibir la prestación farmacéutica en condiciones de igualdad, ya sea en su propio domicilio o en el ámbito sociosanitario en el que pudiera estar ingresado, permitiendo con ello, que sea considerado como un paciente más de la Atención Primaria”.
“La asistencia farmacéutica de centros sociosanitarios, de titularidad pública o privada, con menos de cien camas que no hayan optado por disponer de un servicio de farmacia propio, podrán contar con
depósitos de medicamentos vinculados preferentemente a farmacias comunitarias, de la misma área o zona sanitaria de influencia correspondiente”, indica el informe del Consejo General de farmacéuticos, que precisa que “los
servicios profesionales farmacéuticos se prestarán por el farmacéutico titular de la farmacia comunitaria o bajo la responsabilidad de éste por un farmacéutico perteneciente a dicha farmacia.”
Además, advierte de que “las actuaciones desarrolladas por las farmacias comunitarias no solo se referirán a la dispensación de medicamentos y productos sanitarios, sino que también comprenderán
otros servicios profesionales farmacéuticos ligados al medicamento y a la promoción de la salud pública”.
Garantías
El informe publicado señala que “el conjunto de servicios sociosanitarios tendrá que cubrir una
demanda que crece exponencialmente y la farmacia comunitaria enfocada a la vertiente asistencial debe desempeñar una labor fundamental en la Atención Sociosanitaria, como establecimiento sanitario responsable entre otros aspectos de la dispensación de medicamentos y productos sanitarios, la información y seguimiento de los tratamientos farmacológicos y el control del uso individualizado de los medicamentos en la comunidad”.
De esta forma, el documento recoge que “contando con la colaboración de las farmacias comunitarias
se podrá garantizar plenamente el derecho de los ciudadanos a recibir la prestación farmacéutica en condiciones de igualdad, ya sea en su propio domicilio o en el ámbito sociosanitario en el que pudiera estar ingresado, permitiendo con ello, que sea considerado como un paciente más de la atención primaria”.
Acceda al informe elaborado por el Consejo General de Farmacéuticos
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