Competencia no ve clara la venta en farmacias del cigarrillo electrónico

Pide revisar que sea considerado medicamento en lugar de producto asociado al tabaco

Miércoles, 30 de diciembre de 2015, a las 18:13
Javier Barbado. Madrid
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) no ve con buenos ojos la venta exclusiva del cigarrillo electrónico en estancos, farmacias, parafarmacias y tiendas especiales, tal como sucede con el tabaco, por cuanto potencia su consideración de medicamento en lugar de producto relacionado con este último. Y, por esa razón, aconseja que se revise el proyecto de Real Decreto que debe regularlo.

El presidente de la CNMC,
José María Marín Quemada.

Así se expone en un detallado informe en el que se advierte de que, tal como está redactado el borrador de la normativa, el cigarrillo electrónico se equipara al tabaco en las condiciones de acceso y distribución del mercado, aunque en el primero las restricciones son “menos intensas” (para ilustrarlo, el documento cita las exigencias relacionadas con el etiquetado y el envasado, que, en el caso del dispositivo electrónico, son menores porque no se prevén las denominadas advertencias sanitarias combinadas, pero, en cambio resultan análogos otros aspectos como las verificaciones de laboratorio, la garantía de calidad o la inscripción en
el registro).

Pero Competencia no duda en calificar de “extraordinariamente restrictiva” y una “barrera de entrada” al libre comercio la serie de limitaciones, inherentes al redactado provisional de la ley, a la distribución y venta minorista de productos relacionados con el tabaco, y, en particular, los dispositivos de liberación de nicotina como el cigarrillo electrónico. “Se recomienda eliminar tanto la reserva de distribución como las prohibiciones o al menos justificar (…) su racionalidad”, se postula en el documento.

Y también insta a revisar, en el redactado actual, la verificación por los laboratorios de la calidad del producto aplicando “principios de necesidad, proporcionalidad y no discriminación” ya que, si no se hace, advierte de que “puede suponer una barrera de acceso al mercado de verificación para determinados operadores y una limitación para competir”.

Primera vez que se regula el dispositivo electrónico

El informe de Competencia recuerda que se trata de la primera vez que se regula la venta del cigarrillo electrónico, y, por esa razón, advierte del peligro que, en su opinión, supone blindarla a los mismos corsés a que está sometido, en este momento, el propio tabaco, una realidad que no deja de criticar por cuanto persiste en la nueva ley “un amplio catálogo de restricciones a la competencia por suponer una limitación de la capacidad de los operadores a competir (…) que levanta barreras a los nuevos en un sector con una acreditada influencia lobista”.

Por último, el trabajo del organismo estatal recalca que el proyecto legislativo es una trasposición obligatoria de la normativa de la Unión Europea (UE), y, a este respecto, celebra algunas mejoras en el mercado interior al equiparse, con el nuevo redactado normativo, las exigencias técnicas de producción, control de calidad, trazabilidad y presentación de productos del tabaco y relacionados.