El Gobierno ha aprobado este martes el anteproyecto de la
Ley de Convivencia Universitaria con la que el departamento de Manuel Castells sustituye definitivamente el Régimen Disciplinario de 1954 con una
norma basada en la convivencia y la solución pacífica de conflictos. Entre otras medidas, el texto pretende poner fin al
plagio y a las populares
novatas en la carrera de
Medicina, acciones que serán sancionadas con la
expulsión de dos meses hasta tres años de la universidad en la que se cometa la falta y la pérdida de derechos de matrícula parcial. Lo mismo sucedería en el caso de detectar algún
plagio.
Además de adaptarse al ordenamiento constitucional vigente, la nueva Ley reformula el marco de convivencia universitaria poniendo el acento en el ejercicio de las libertades y los derechos fundamentales, y la convivencia activa y corresponsable entre todas las personas que integran la comunidad universitaria. También garantiza la
igualdad de derechos y sienta las bases para un posterior desarrollo por las CCAA, las propias universidades y en todas las facultades de
Ciencias de la Salud.
El artículo 12 del texto cataloga de
‘faltas muy graves’ realizar novatadas o cualesquiera otras conductas o actuaciones de análoga naturaleza, que supongan un grave menoscabo para la dignidad de las personas; acosar o ejercer violencia grave contra cualquier miembro de la comunidad universitaria; acosar sexualmente o por razón de sexo; o discriminar por razón de sexo, orientación sexual, identidad de género, origen nacional, pertenencia a grupo étnico, edad, clase, discapacidad, estado de salud, religión o creencias, o por cualquier otra causa personal o social.
También se considera falta grave
alterar, falsificar, sustraer o destruir documentos académicos, o utilizar documentos falsos ante la universidad y plagiar total o parcialmente una obra, o cometer fraude académico en la elaboración del Trabajo de Fin de Grado, el Trabajo de Fin de Máster o la Tesis Doctoral.
Al cometer alguna de estas faltas graves, el alumno puede enfrentarse a la expulsión de dos meses hasta tres años de la universidad en la que se hubiera cometido la falta, así como a la pérdida de derechos de matrícula parcial, durante un curso académico.
“Las faltas muy graves prescribirán a los tres años, las graves a los dos años y las leves a los seis meses. Las sanciones impuestas por faltas muy graves, por faltas graves y por faltas leves, prescribirán, respectivamente, a los tres años, a los dos años y al año”, se detalla en el documento.
¿Qué derechos y libertades recoge la ley?
No obstante, la Ley establece unos mecanismos de
sustitución de sanciones con los cuales se quiere reforzar el valor prioritario que se da a la educación en el ámbito de la convivencia universitaria. En este sentido, pone en el centro de la convivencia la
mediación, estableciendo un sistema doble de mecanismo y procedimiento de mediación, como vía principal de resolución de conflictos. De forma secundaria actualiza el régimen disciplinario del estudiantado de acuerdo con los
principios de legalidad, tipicidad, proporcionalidad o prescripción.
Mientras que con el mecanismo de mediación se busca canalizar buena parte de los conflictos de convivencia entre los miembros de la comunidad universitaria, con el procedimiento de mediación se pretende que
el nuevo régimen disciplinario se aplique de forma supletoria y residual. Es decir, el régimen disciplinario únicamente entrará en juego cuando las partes rechacen acudir al procedimiento de mediación, cuando la conducta sobre la que verse el expediente sancionador esté expresamente excluida de ese procedimiento (como los casos de acoso y violencia de género, el fraude universitario o la destrucción de patrimonio) o cuando las partes no consigan llegar a un acuerdo.
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