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El Gobierno obliga a dar de alta a los estudiantes de Medicina en prácticas

El BOE establece que todos los becarios universitarios, independientemente de si cobran o no, sean dados de alta

Magdalena Valerio, ministra de Trabajo.

04 ene 2019. 16.50H
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El pasado 29 de diciembre el Gobierno publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una disposición para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo. Entre todas las medidas, destaca una: la obligatoriedad de que todos los becarios universitarios, independientemente del tipo de prácticas que estén realizando, deberán cotizar a la Seguridad Social. Una medida que afecta de lleno a los estudiantes de Medicina, cuyas prácticas curriculares son obligatorias para obtener el título.

Según informa Eldiario, la medida firmada por el Ministerio de Trabajo aparece como la disposición adicional quinta del Real Decreto ley 28/2018, de 29 de diciembre. En ella se establece a lo largo de siete puntos que todos los estudiantes que realicen prácticas formativas deberán ser incluidas en el Régimen General de la Seguridad Social como trabajadores por cuenta ajena.

Para obtener el título de Medicina los estudiante deben superar unas prácticas obligatorias no remuneradas que supone unos 60 créditos

Según viene recogido en el documento publicado en el BOE, la disposición afecta a estudiantes de grado, de máster y de Formación Profesional de grado medio o superior que realicen prácticas externas, sean estas remuneradas o no, curriculares o extracurriculares, en la administración pública o en empresas colaboradoras.

En el caso de las prácticas de los estudiantes de Medicina estas son obligatorias y no remuneradas. Según recoge el BOE, “este coste lo deberán de asumir la empresa (hospital), institución (servicios autonómicos de salud) o entidad (universidad) en la que se desarrollen aquellas prácticas, salvo que en el convenio o acuerdo de cooperación que, en su caso, se suscriba para su realización se disponga que tales obligaciones corresponderán al centro educativo en el que los alumnos cursen sus estudios”.

En la actualidad, las prácticas obligatorias de los estudiantes de Medicina, así como el resto de titulaciones sanitarias como Enfermería, no requerían la inclusión del becario en el régimen de la Seguridad Social y las remuneradas sí, aunque estaba bonificado al cien por cien en el caso de las curriculares (obligatorias para obtener el grado). Por ejemplo, para obtener el título de Medicina los estudiantes deben realizar prácticas curriculares en el hospital, las cuales suelen suponer alrededor de 60 créditos obligatorios.

Los rectores alertan


En un comunicado, recogido por el mismo medio, la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE) advierte de que “una aplicación indiscriminada del Real Decreto–ley 28/2018 puede suponer la disminución del número de prácticas ofertadas por las empresas e instituciones, la discriminación en la formación de estudiantes de títulos profesionalizantes y no profesionalizantes, y una importante carga de gestión añadida en los servicios de prácticas de las universidades”.

Es por ello, que ven necesario que el Gobierno debería diferenciar entre las prácticas curriculares, obligatorias, y las no curriculares, voluntarias.

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