El
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades ha publicado este martes las nuevas condiciones generales sobre las que se ajustarán los planes de estudio del grado en Psicología. Estas especifican que dicho grado no habilitará, por sí mismo, para el ejercicio de la psicología en el sector sanitario, siendo únicamente el requisito imprescindible para acceder al
Máster en Psicología General Sanitaria.
Según reza la orden publicada en el
Boletín Oficial del Estado (BOE), las universidades que formen a psicólogos que pretendan acceder a dicho máster “diseñarán el
título de Grado en Psicología previendo, al menos, un
recorrido específico vinculado a la psicología de la salud”.
Además, explica, “las universidades procederán a adaptar los planes de estudio de
grado en Psicología ya aprobados a las condiciones generales, solicitando su verificación en los términos previstos por la legislación vigente”. Para ello, la nueva norma recoge hasta seis artículos destinados a regular los planes de estudios del
grado en Psicología.
Seis artículos para regular la norma
El artículo 1 hace referencia al diseño de plan de estudios del título de Grado en Psicología, los cuales tendrán en cuenta un recorrido específico, de materias obligatorias, vinculado a la Psicología de la Salud:
Psicobiología (12 Créditos ECTS);
personalidad, evaluación y tratamiento psicológico (30 créditos ECTS);
metodología de las Ciencias del Comportamiento (12 créditos ECTS);
Psicología Básica (12 créditos ECTS);
Psicología Social (12 créditos ECTS);
psicología Evolutiva y de la Educación (12 créditos ECTS).
El artículo 2 se refiere a la verificación de planes de estudio conducentes al título universitario oficial de Grado en Psicología. Estos sólo podrán ser objeto de verificación por el Consejo de Universidades cuando cumplan con lo dispuesto en el artículo primero de esta orden ministerial.
El grado en Psicología será requisito imprescindible para acceder al Máster en Psicología General Sanitaria
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El artículo 3 regula el recorrido específico vinculado a
Psicología de la Salud del Grado en Psicología, determinando así una mención expresa a dicho recorrido en el título universitario oficial de Grado en Psicología.
El artículo 4 habilita para el acceso al Master en Psicología General Sanitaria por titulados anteriores, permitiendo así el acceso a los poseedores del título de Licenciado en Psicología o de Graduado en Psicología, verificados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Orden Ministerial y siempre que dichos títulos figuren en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
El artículo 5 recoge la adaptación de los planes de estudios. Según la norma, en el plazo de cinco años deberán haber adaptado a lo dispuesto en la presente Orden los planes de estudios conducentes a la obtención de los títulos de g
rado en Psicología.
El artículo 6 va dirigido únicamente a la autorización del Secretario General de Universidades para adoptar, en el ámbito de su competencia, las disposiciones necesarias para el desarrollo y aplicación de la presente Orden Ministerial.
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