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Sentencia: Enfermería tiene derecho a acceder al historial del paciente

El colectivo de Enfermería demandaba poder acceder a este servicio para llevar a cabo una asistencia adecuada

Sede del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

19 mar 2018. 14.40H
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POR REDACCIÓN
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha estimado el recurso interpuesto por UGT para que el colectivo de enfermeros de la Gerencia Regional de Salud pueda tener acceso al historial clínico de los pacientes. El fallo ha sido valorado por UGT como “pionero” en la defensa de la profesión de enfermería.

Hasta ahora, la Consejería de Sanidad ha mantenido una limitación al acceso a la historia clínica de los profesionales de enfermería "vulnerando la legislación vigente y poniendo en riesgo una asistencia adecuada y con ello la salud de los pacientes ingresados", han señalado desde el sindicato.

Los enfermeros de los hospitales de la Comunidad “demandaban esta necesidad desde hace años y lo hacían siendo conscientes de que esta limitación atentaba contra el desarrollo de su profesión y contra la asistencia que prestaban”.

En esta línea, la sentencia clarifica que "las funciones de las enfermeras exigen la necesidad de acceso como medio instrumental para la realización de las funciones de promoción, mantenimiento y recuperación de la salud, así como las de carácter preventivo que les están encomendadas".

El acceso al programa denominado Gacela, indica la sentencia, no garantiza esta posibilidad de consulta de la historia clínica o incluso la introducción en la misma de los datos que sean requeridos, por lo tanto "este acceso, en principio se ha de establecer como pleno".

UGT exige que esta sentencia se ejecute con carácter urgente, adecuando los correspondientes programas informáticos y estableciendo las claves individuales de acceso para todos los profesionales de enfermería de la región.

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