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Prescripción enfermera: 32 observaciones previas a su publicación en el BOE

Este lunes se abrió el plazo de aportaciones por parte de ciudadanos afectados por este proyecto

Los representantes de médicos y enfermeros posan con la ministra de Sanidad.

20 feb 2018. 11.10H
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POR JESÚS ARROYO
La nueva norma que debe sustituir al anterior Real Decreto de prescripción enfermera afronta su recta final antes de su aprobación con 32 observaciones realizadas por organizaciones, asociaciones y ciudadanos, con el objetivo de que sus intereses sean tenidos en cuenta en la redacción del texto definitivo. En total, 10 observaciones corresponden a ciudadanos, mientras que 22 son de organizaciones y asociaciones profesionales.

En este sentido, tanto la consejería de Sanidad de Cantabria como la de Galicia, así como el departamento de Salud del Gobierno de Navarra han realizado varias recomendaciones orientadas hacia que “en el caso de las vacunaciones poblacionales que decida la autoridad sanitaria, no será necesaria la prescripción y bastará con la instrucción que emita esta autoridad”. Así mismo, la administración gallega propone sustituir la palabra “enfermeros” por “personal de Enfermería”, en la redacción del Real Decreto.

Entre estas 22 observaciones se encuentran diferentes oposiciones entre los diferentes colegios de médicos y los colegios de Enfermería territoriales. La mayoría de instituciones médicas pide que “la prescripción colaborativa se haga respetando lo previsto en la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios: acreditación de enfermeros tras cursar formación específica reglada”. 

Una de las propuestas pide que se incluya al enfermero, junto al médico, odontólogo y podólogo, como prescriptor de medicamentos

Por su parte, el Colegio de Médicos de Barcelona pide que “los planes formativos de las enseñanzas conducentes a Enfermería” deberían de modificarse para ir en la línea de la prescripción. Sus homólogos en Tarragona y Gerona van más allá y denuncian que “la formación universitaria de los enfermeros no contempla la adquisición de competencia alguna relativa al uso, indicación y autorización de medicamentos de uso humano”.

Mientras tanto, la mayoría de organizaciones colegiales de Enfermería piden “incluir al enfermero, junto al médico, odontólogo y podólogo, como prescriptor de medicamentos, siempre en el ámbito de sus competencias”, así como “el reconocimiento de las cualificaciones profesionales adquiridas en otros Estados miembros de la UE, a través de la transposición de la directiva 2013/55/UE”.

En esta línea, el Consejo de Colegios de Enfermeras y Enfermeros de Cataluña pide explícitamente “excluir la exigencia de acreditación de las enfermeras para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos no sujetos a prescripción médica”.

"Disparate y peligro"

La mayoría de observaciones recibidas por ciudadanos han expresado la necesidad de modificar el texto referido al Real Decreto de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, en el sentido de “incluir a la profesión de enfermero junto a la del médico, odontólogo y podólogo, con competencias para prescribir medicamentos en el ámbito de sus competencias”.

El resto de propuestas se muestran a favor de la modificación del Real Decreto de prescripción Enfermera. Mientras que dos comentarios califican de “disparate y peligro para los pacientes que los enfermeros prescriban medicamentos”.

Presentación de aportaciones y cronograma

Una vez publicadas las alegaciones realizadas por asociaciones y organizaciones, el Ministerio de Sanidad abre el plazo legal para que los ciudadanos titulares de derechos e intereses legítimos afectados por este Real Decreto puedan aportar aportaciones.

El plazo que comenzó a contar desde este lunes, 19 de febrero, finalizará el próximo 12 de marzo. En ese momento, el texto pasará a revisarse por la Comisión de Recursos Humanos del Consejo Interterritorial que realizará una evaluación consultiva previa a su discusión en el Consejo Interterritorial.

Una vez que todos los consejeros de Sanidad de las comunidades autónomas hayan dado su visto bueno al texto, este se remite al Consejo de Estado que debe emitir sus conclusiones. Si se admite por el procedimiento de urgencia, el proceso puede durar 15 días. Si no, puede irse a más de un mes.

Después, se lleva a la comisión de subsecretarios técnicos de los ministerios afectados y finalmente al Consejo de Ministros para su aprobación. No será hasta que aparezca en el Boletín Oficial del Estado que el Real Decreto de prescripción enfermera sea una norma de pleno derecho.

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