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Nuevo aval del TSJM a las elecciones del Consejo General de Enfermería

Asegura que se cumplió escrupulosamente la legalidad vigente y echa por tierra los argumentos del Colegio de Murcia

Máximo González Jurado y Florentino Pérez Raya, presidente y vicepresidente del Consejo General de Enfermería.

16 jun 2017. 13.30H
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POR REDACCIÓN
Por segunda vez consecutiva en pocas semanas, una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid confirma el proceso electoral correspondiente a las ultimas elecciones al Consejo General de Enfermería cumplió de forma escrupulosa la legalidad vigente. Además el tribunal hace un análisis pormenorizado de toda la documentación aportada por los candidatos que en su día fueron proclamados en dicho proceso, Máximo González Jurado y Florentino Pérez Raya respectivamente, y establece que ambos cumplían con todos y cada uno de los requisitos establecidos por los Estatutos del Consejo General de Enfermería para poder concurrir a estos comicios.
 
Esta sentencia del TSJ de Madrid viene ahora a desestimar un recurso interpuesto por el Colegio Oficial de Enfermería de Murcia contra la Resolución nº 3/15 de la Comisión Ejecutiva del Consejo General de Enfermería que proclamó las candidaturas de Máximo González Jurado y Florentino Pérez Raya al cargo de presidente, tras la convocatoria de elecciones a la Presidencia. Se trata del proceso electoral actualmente vigente.
 
La Sala echa por tierra uno a uno todos los argumentos alegados por el Colegio de Enfermería de Murcia para tratar de anular dicha resolución, y para ello los magistrados realizan un análisis pormenorizado de la normativa fiscal y de toda la documentación aportada por los candidatos que incluyen certificados y documentos tributarios, declaraciones fiscales, vida laboral y certificaciones de la Seguridad Social. Para dicho análisis el tribunal hace uso incluso de consultas vinculantes para concluir finalmente que, entre otros extremos, el alta en la licencia fiscal y el pago de impuestos son presunciones suficientes del ejercicio de la actividad profesional.
 
Este fallo del TSJ de Madrid viene a sumarse a otra sentencia prácticamente idéntica en sus fundamentos de derecho y en su fallo que desestimó hace unos días un recurso muy similar planteado por los Colegios de Valencia y Castellón.
 
Situación en Murcia
 
Respecto a la parte recurrente, el Colegio de Enfermería de Murcia, “es necesario recordar la situación ilegal en la que se encuentran Amelia Corominas y su equipo en la actualidad después de que sus últimas elecciones a la presidencia fuesen anuladas por la Comisión Ejecutiva del Consejo General de Enfermería”, según indica el propio Consejo en un comunicado.
 
Una investigación independiente, abierta tras la denuncia de un colegiado, detectó gravísimas irregularidades cometidas por la entonces presidenta del colegio, Amelia Corominas, y su equipo para tratar de evitar cualquier contrincante electoral. “Así, quedó demostrado que convocaron elecciones en plena Semana Santa y Fiestas de la Primavera murciana aprovechando la desconexión vacacional de los enfermeros murcianos y eliminando casi todos los días de plazo para presentar candidaturas”, indica el órgano colegial. “Además se convocaron a través de un correo electrónico fantasma que miles de colegiados nunca recibieron”.
 
A pesar de que la anulación “razonada y lógica” de dichas elecciones murcianas se ha visto respaldada ya por cinco autos del TSJ de Madrid, Amelia Corominas y su equipo se han aferrado ilegalmente a los cargos alegando que se trata de “una venganza” del Consejo General como consecuencia del recurso hoy desestimado. “Corominas ahora se queda sin argumentos en su continua ‘huida hacia delante’ para tratar evitar que se celebren unas elecciones legítimas y legales en el Colegio de Enfermería de Murcia y se haga una auditoría de los gastos realizados ilícitamente desde dicha anulación”, considera el Consejo General.
 
Además, en su comunicado, indica que “cabe recordar que en la actualidad hay una Junta de Edad nombrada por el Consejo General de Enfermería con el objetivo de convocar elecciones legales al Colegio. Una Junta a la que no se la he permitido acceder al recinto colegial y que se está viendo sometida un campaña sostenida de presiones por parte de Amelia Corominas y del resto de las personas que ostentan ilegalmente los cargos de la junta de gobierno”.

Acceda a la sentencia del TSJ

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