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Críticas a la impugnación de un puesto directivo enfermero: "Es excluyente"

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares emite sentencia a la directora de la Zona Básica de Salud de de Sa Torre

Jesús Sanz, presidente de la Asociación Nacional de Directivos de Enfermería.


05 may 2026. 19.45H
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La Alianza Española de Sociedades Científicas Enfermeras (Alesce) ha manifestado su desacuerdo con la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (Tsjib), que revoca el nombramiento de una enfermera como directora de la Zona Básica de Salud del Centro de Salud de Sa Torre, así como con las acciones que han motivado dicho pronunciamiento.

Esta resolución, según ha afirmado la Alesce, no puede analizarse únicamente en términos jurídicos. Lo que pone de manifiesto trasciende el caso concreto y revela una realidad persistente, que es, según la institución, la resistencia de determinados sectores a aceptar la evolución competencial, académica y profesional de las enfermeras en el sistema de salud.

El nombramiento de la profesional afectada no solo cumplía con los requisitos establecidos según la Alesce, sino que contó con el respaldo mayoritario del equipo multiprofesional del centro, incluidos profesionales médicos, y ha sido avalado por una gestión reconocida como excelente por quienes han trabajado directamente bajo su dirección. Este hecho es determinante, porque evidencia que no se está, según la institución, en una cuestión de capacidad, mérito o competencia.

Además, se ha precisado un aspecto relevante del proceso para la alianza: tras una primera sentencia favorable al nombramiento de la enfermera, el Colegio de Médicos de Baleares decidió retirar su recurso, manteniéndose únicamente el presentado por el sindicato médico Simebal. Este hecho no es menor para la institución, ya que introduce un matiz significativo en la interpretación del conflicto y refuerza la idea de que no existe una posición homogénea dentro de la profesión médica respecto a esta cuestión.

La impugnación no es una evaluación objetiva para Alesce


La impugnación finalmente sostenida no responde para Alesce a una evaluación objetiva de la idoneidad para el desempeño del puesto, sino a una concepción restrictiva y excluyente de la gestión sanitaria, basada en la atribución de determinados espacios de responsabilidad a una única profesión. Se trata de una posición que no se sostiene desde el conocimiento científico, la evidencia organizativa ni el sentido común.

La dirección de equipos de salud no es para la institución, ni puede ser, patrimonio exclusivo de ninguna profesión. La complejidad de los sistemas sanitarios actuales exige para Alesce modelos de liderazgo basados en competencias, capacidades y resultados, no en criterios corporativos. Reducir la gestión a una cuestión identitaria supone un retroceso incompatible con los principios de calidad, eficiencia y atención centrada en las personas.

Resulta especialmente preocupante para la alianza que para sostener estas posiciones se recurra a marcos normativos claramente desactualizados, que no reflejan la realidad actual de las profesiones sanitarias ni su desarrollo académico y científico. Estas normas, lejos de ordenar el sistema, se utilizan para la alianza como instrumentos de exclusión por parte de determinados lobbies profesionales -que no representan necesariamente al conjunto de los médicos- para mantener posiciones de poder que ya no se justifican desde una perspectiva objetiva.

Para Alesce, no se trata de defender competencias frente a otras profesiones, ya que ese argumento es falaz. Lo que está en juego es la posibilidad de avanzar hacia un modelo de sistema de salud más coherente, más colaborativo y adaptado a las necesidades reales de la población. Lo que se cuestiona en este caso no es la capacidad de gestión, sino la pérdida de una exclusividad que algunos sectores consideran propia al margen de cualquier otra consideración.

Actuaciones que generan enfrentamientos entre profesionales


Las consecuencias de este tipo de actuaciones no son menores para la institución, ya que para la alianza generan enfrentamientos innecesarios entre profesionales, debilitan la confianza en los equipos multiprofesionales y dificultan la implantación de modelos de atención integrales, integrados e integradores. En definitiva, perjudican para Alesce al funcionamiento del sistema y la calidad de la atención que reciben las personas, las familias y las comunidades.

Alesce considera, asimismo, que las administraciones públicas no pueden eludir su responsabilidad en este contexto. La persistencia de normativas obsoletas y la falta de una actualización decidida del marco regulador favorecen este tipo de conflictos y contribuyen a generar inseguridad jurídica, con resoluciones que, en ocasiones, resultan contradictorias y evidencian la fragilidad de los argumentos en los que se sustentan.

Es imprescindible para la alianza abordar de manera urgente la adecuación normativa a la realidad actual de las profesiones de la salud, eliminando aquellas disposiciones que actúan como barreras al desarrollo profesional de las enfermeras y como facilitadoras de posicionamientos excluyentes. La regulación debe responder al interés general, no a la preservación de privilegios.

Desde Alesce se ha reiterado que el liderazgo en salud debe basarse en la competencia, el mérito y la capacidad, con independencia de la profesión de origen. Solo desde el reconocimiento mutuo y la colaboración interprofesional será posible construir un sistema sanitario más eficiente, más equitativo y verdaderamente centrado en las personas.

Por todo ello, la sociedad se posiciona de manera clara y firme ante esta sentencia y ante cualquier acción que tenga como finalidad limitar el desarrollo profesional de las enfermeras o condicionar el acceso a puestos de responsabilidad en base a criterios excluyentes. La mejora del sistema de salud no pasa para Alesce por restringir, sino por integrar. No pasa por excluir, sino por reconocer. Y, desde luego, no pasa por sostener estructuras de poder que ya no responden ni a la realidad profesional ni a las necesidades de la sociedad.

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