La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM)
ha desestimado el recurso interpuesto por los Colegios Oficiales de Enfermería de Valencia y Alicante contra la decisión de la Comisión Ejecutiva del
Consejo General de Enfermería que proclamó las candidaturas de
Máximo González Jurado y
Florentino Pérez Raya al cargo de presidente y vicepresidente.
El argumento de ambos colegios era que ni González Jurado ni Pérez Raya cumplían los requisitos de años trabajados como enfermeros. De esta manera, pedían la impugnación de los comicios.
La Sala repasa la documentación aportada por los candidatos proclamados, para finalmente dictaminar que tanto Máximo González Jurado, como Florentino Pérez Raya, cumplen los requisitos exigidos en la convocatoria a las elecciones y establecidos en los
Estatutos del Consejo General de Enfermería.
Con base en los certificados y documentos tributarios, declaraciones fiscales, vida laboral y certificaciones de la Seguridad Social presentados por ambos candidatos, la Sala afirma, que el alta en la licencia fiscal y el pago de impuestos son presunciones suficientes del ejercicio de la actividad profesional.
Esta nueva sentencia del TSJ de Madrid viene a consagrar definitivamente que tanto Máximo González Jurado como Florentino Pérez Raya cumplieron los requisitos legales y estatutarios para concurrir como candidatos electorales. Asimismo, en el caso de González Jurado el Tribunal también determina que cumplía todos los requisitos para ocupar el cargo de presidente, al que accedió tras las elecciones celebradas en el año 2015 donde obtuvo el respaldo del 85 por ciento de los votos.
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