Once nuevas enfermedades podrían dar derecho a la
jubilación anticipada por discapacidad a los sanitarios con 52 años. El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) ha propuesto a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social
incluir once nuevas discapacidades. En el caso de aprobarse esta medida, todos los trabajadores, entre ellos los que ejercen en el ámbito sanitario,
podrían adelantar su jubilación.
La jubilación anticipada por discapacidad es aquella que permite a los trabajadores con un grado de discapacidad permite a los trabajadores con un
grado de discapacidad reconocido igual o superior al 45 por ciento jubilarse a partir de los 52 años.
El Cermi ha propuesto once nuevas enfermedades que considera que tienen entidad suficiente para ser configuradas como
reductoras de la esperanza de vida y que deberían agregarse a las que ya son catalogadas como tal. Estas nuevas discapacidades son la
artritis reumatoide, la encefalomielitis miálgica, la amiloidosis por Transtiretina variante (ATTRv), enfermedad de Huntington,
Parkinson, distrofia miotónica tipo 1 (enfermedad de Steinert), espina bífida,
fibromalgia,
inmunodeficiencias primarias, lupus eritematoso sistémico y esclerosis sistémica.
El departamento de Seguridad Social que dirige
Elma Saiz confirma a Europa Press que
se va a "analizar" y "evaluar" esta propuesta del Cermi. Los trabajadores que cuenten con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 45 por ciento se podrán jubilar a partir de los 56 años en caso de aprobarse estas nuevas enfermedades generadoras de discapacidad.
Por su parte, en el caso de contar con un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento,
podrán acceder a la pensión de jubilación a partir de los 52 años. Cabe destacar que esta modalidad de jubilación no conlleva recortes sobre el importe, ya que computan los años cotizados y aplicando el actual método de cálculo de la Seguridad Social, donde para
tener derecho al 100 por cien de la pensión es necesario tener 36 años y seis meses cotizados.
Requisitos para solicitar la jubilación anticipada
Esta modalidad de jubilación se modificó el 16 de mayo de 2023, cuando se aprobó el
Real Decreto 370/2023, el cual modifica el Real Decreto 1851/2009, permitiendo el acceso a todas las personas trabajadoras por cuenta propia y ajena incluidas en el Régimen de la Seguridad Social, siempre y cuando se cumplan con los requisitos.
Los principales requisitos son contar con al menos quince años cotizados, de los cuales al menos
cinco deben ser bajo un grado de discapacidad acreditado igual o superior al 45 por ciento, motivado por una de las patologías generadoras de discapacidad.
En este sentido, el Real Decreto 370/2023 recoge que "
las nuevas patologías que, en su caso, se incorporen al ámbito de aplicación de este real decreto a propuesta de la citada comisión
se irán incluyendo en el anexo".
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