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Las aerolíneas sortean el escudo legal de contratar médicos y enfermeros

Europa amplía la responsabilidad de estas empresas si prestan primeros auxilios inadecuados en los vuelos

Aviones de diversas aerolíneas españolas.

29 sep 2023. 07.00H
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Las aerolíneas españolas hacen oídos sordos a la sentencia europea que las responsabiliza de los problemas de salud que puedan arrastrar aquellos viajeros que no obtengan una correcta asistencia sanitaria durante un vuelo. Un problema que podría tener una de sus soluciones incorporando médicos y enfermeros a los vuelos para dotar de una mejor cobertura sanitaria a estos trayectos. Sin embargo, cuestionada por este tema, la patronal española del sector, Asociación de Líneas Aéreas (ALA), prefirió dirigir la consulta directamente a las aerolíneas españolas.

Este periódico se ha puesto en contacto con estas empresas, sin que ninguna haya apostado por incorporar profesionales sanitarios a sus vuelos para proveer así una mejor cobertura sanitaria a los pasajeros. Vueling señaló a este medio que no se sentían afectados por la sentencia, ya que era en base a otra aerolínea. Air Europa, por su parte, remitió la consulta a ALA, que, como se señaló en líneas anteriores, prefiere que sean las aerolíneas las que se posicionen. International Airlines Group (IAG), propietaria de Iberia, no ha respondido a las consultas de este periódico.

Por su parte, desde el Sindicato de Pilotos de España (Sepla), explican a Redacción Médica que, a su criterio, "esta es una responsabilidad que compete directamente a los operadores y/o reguladores". "Por nuestra parte, la prioridad de los pilotos siempre es garantizar la vida de los pasajeros y la seguridad aérea; en este sentido, los pilotos disponemos y estamos entrenados para realizar protocolos de emergencia", añaden. "Además, si la emergencia médica se considera grave, se desvía el vuelo al aeropuerto más cercano donde se avisa previamente a los servicios médicos de urgencia", concluyen desde esta organización.

La citada sentencia, hecha pública el pasado 6 de julio, estima que si la administración, a bordo de una aeronave, de primeros auxilios inadecuados a un pasajero, que conllevaron un agravamiento de las lesiones corporales ocasionadas por un “accidente”, en el sentido del convenio de Montreal, debe considerarse comprendida en ese accidente.

El Tribunal Superior de Justicia de Europa (TJUE) observa “que no siempre es posible atribuir el acaecimiento de un daño a un acontecimiento aislado cuando dicho daño es consecuencia de un conjunto de acontecimientos interdependientes”. Por tanto, el comunicado añade que “en presencia de un conjunto de acontecimientos intrínsecamente relacionados que se suceden, sin interrupción, en el espacio y en el tiempo, debe considerarse que ese conjunto constituye un único y mismo ‘accidente’, en el sentido del Convenio de Montreal”.

Agravamiento de quemaduras, origen de la sentencia


El origen de esta decisión judicial se basa en un vuelo de Austrian Airlines, donde una cafetera que contenía café caliente se cayó de un carrito de restauración y causó quemaduras a un pasajero. A este le fueron dispensados primeros auxilios a bordo del avión. El pasajero acudió a los tribunales austriacos a fin de obtener daños y perjuicios y de que se declarara la responsabilidad de Austrian Airlines por todos los daños futuros resultantes del agravamiento de las quemaduras, debido a que los primeros auxilios dispensados a bordo no habían sido adecuados, según explica el TJUE.

En el caso examinado, explica el Tribunal, "habida cuenta de la continuidad espacial y temporal que une la caída de la cafetera y los primeros auxilios dispensados al pasajero así lesionado, no puede negarse la existencia de una relación de causalidad entre dicha caída y el agravamiento de las lesiones corporales que ocasionó, como consecuencia de la administración de primeros auxilios inadecuados".
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