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La jubilación en sanidad con 52 años recae en una Comisión de 4 ministerios

Será una decisión que estará en manos de Seguridad Social, Trabajo, Hacienda y Función Pública

Elma Saiz, ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

28 oct 2024. 18.15H
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El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones planea crear una Comisión de Evaluación para que analice si existen motivos claros que justifiquen la reducción de la edad de jubilación para profesionales sanitarios. Para ello, emitirá un informe en el que detallará si las condiciones de trabajo de ciertos sectores (como su peligrosidad o dureza) son suficientes para jubilarse con 52 años. Será una decisión que estará en manos de cuatro ministerios: Seguridad Social, Trabajo, Hacienda y Función Pública.

Así lo recoge el Real Decreto que establece las condiciones para que trabajadores en actividades especialmente penosas, peligrosas o insalubres puedan acceder a la jubilación anticipada y que ha sido sacado a audiencia pública por el ministerio dirigido por Elma Saiz. Se trata de uno de los reglamentos más esperado por los profesionales del Sistema Nacional de Salud (SNS), que llevan tiempo solicitando poder optar a una prejubilación debido a los riesgos específicos que asumen en su actividad diaria.


La prejubilación sanitaria en manos de cuatro ministerios


El objetivo de esta norma, que toma impulso a partir de la reforma de pensiones acordada el pasado 31 de julio entre el Gobierno, sindicatos y patronal, es proteger a quienes desempeñan actividades de alto riesgo laboral. Según el documento, el acceso a esta jubilación anticipada estará disponible para trabajadores asalariados, autónomos y empleados públicos, siempre que se demuestre que las condiciones de trabajo cumplan las características necesarias de penosidad, peligrosidad, toxicidad o insalubridad.

Será la mencionada Comisión de Evaluación quien se encargará de decidir si estos criterios se cumplen o no. En concreto, el texto recoge que este órgano estará dirigido por un representante de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. Además, incluye a miembros de cuatro ministerios: Inclusión, Seguridad Social y Migraciones; Trabajo y Economía Social; Transformación Digital y Función Pública; y Hacienda. También participarán representantes de las principales organizaciones empresariales y sindicatos del país.

Para ello, dispondrá de un plazo de cuatro meses para emitir un informe sobre la concurrencia de “circunstancias objetivas que justifican la aplicación de los coeficientes reductores”, tal como establece el artículo 22 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público​.


Jubilación anticipada en sanidad


El proyecto especifica que la reducción de la edad de jubilación solo será posible cuando no sea factible “modificar las condiciones de trabajo” que generen los riesgos identificados. Entre los indicadores que determinarán la peligrosidad y penosidad del trabajo se incluyen índices de morbilidad y siniestralidad, la duración de las bajas médicas, las incapacidades permanentes y los fallecimientos relacionados con el desempeño de la actividad. Estos parámetros se analizarán en función de factores como el género y la edad.

Además, el proceso incluye la elaboración de informes de siniestralidad por parte de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social que analizará las condiciones laborales y propondrán medidas de mejora para mitigar los riesgos antes de proceder a la aplicación de coeficientes reductores. Este documento se remitirá al Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo para que emita otro informe en el ámbito de su competencia sobre prevención de riesgos laborales.


Evaluación periódica de los coeficientes reductores


Este proyecto, que sustituye al anterior Real Decreto 1698/2011 sobre jubilación anticipada en actividades de riesgo, establece que los coeficientes reductores aplicados serán revisados “​​cada diez años”. De esta manera, se asegurará que la normativa se mantenga actualizada con “los avances tecnológicos” y cambios en las condiciones laborales que puedan influir en la penosidad o peligrosidad de las actividades profesionales.

El decreto, a su vez, establece una edad mínima de jubilación anticipada a los 52 años e introduce un requisito adicional: aquellos trabajadores que se beneficien de esta medida deberán incrementar sus cotizaciones a la Seguridad Social. El incremento de cotización recaerá tanto sobre la empresa como sobre el trabajador en el caso de los asalariados, mientras que para los autónomos será íntegramente a carga de ellos mismos, tal y como explica el documento.


Penosidad y peligrosidad del trabajo sanitario


Por el momento se desconoce qué sectores podrán optar a esta jubilación anticipada, ya que la decisión está sujeta a los informes que emita el mencionado comité. A pesar de ello, los propios trabajadores del ámbito sanitario consideran que su profesión debería ser una de las candidatas para beneficiarse de esta medida.

Los motivos se ciernen a que ejercen en un entorno laboral que, en ocasiones, pone en riesgo su salud física y mental a largo plazo, algo que se ve motivado por las largas y agotadoras jornadas nocturnas y la exposición constante a enfermedades y situaciones de alta presión. Por esto, consideran que el impacto acumulativo de estas condiciones justifica la necesidad de revisar sus derechos de jubilación.

Además, estos trabajadores están expuestos a indicadores que el acuerdo para la reforma de las pensiones valora de cara a la jubilación anticipada, que tienen que ver con la rotación, la siniestralidad, el daño en el trabajo y la seguridad en el entorno laboral, por no hablar de las bajas laborales por contingencias comunes - altas en sanidad - y la duración media de los procesos.
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