El
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones planea crear una
Comisión de Evaluación para que analice si existen motivos claros que justifiquen la
reducción de la edad de jubilación para profesionales sanitarios. Para ello, emitirá un informe en el que detallará si las condiciones de trabajo de ciertos sectores (como su peligrosidad o dureza) son suficientes para
jubilarse con 52 años. Será una decisión que estará en manos de cuatro ministerios: Seguridad Social, Trabajo, Hacienda y Función Pública.
Así lo recoge el Real Decreto que establece las condiciones para que trabajadores en actividades especialmente
penosas,
peligrosas o
insalubres puedan
acceder a la jubilación anticipada y que ha sido sacado a audiencia pública por el ministerio dirigido por
Elma Saiz. Se trata de uno
de los reglamentos más esperado por los profesionales del
Sistema Nacional de Salud (SNS), que llevan tiempo solicitando poder optar a una prejubilación debido a los riesgos específicos que asumen en su actividad diaria.
La prejubilación sanitaria en manos de cuatro ministerios
El objetivo de esta norma, que toma impulso a partir de la
reforma de pensiones acordada el pasado 31 de julio entre el
Gobierno,
sindicatos y
patronal, es proteger a quienes desempeñan actividades de
alto riesgo laboral. Según el documento, el acceso a esta jubilación anticipada estará disponible para trabajadores asalariados, autónomos y empleados públicos, siempre que se demuestre que las condiciones de trabajo cumplan las características necesarias de
penosidad,
peligrosidad,
toxicidad o
insalubridad.
Será la mencionada
Comisión de Evaluación quien se encargará de decidir si estos criterios se cumplen o no. En concreto, el texto recoge que este órgano estará
dirigido por un representante de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. Además, incluye a miembros de cuatro ministerios: Inclusión, Seguridad Social y Migraciones; Trabajo y Economía Social; Transformación Digital y Función Pública; y Hacienda. También participarán representantes de las principales organizaciones empresariales y sindicatos del país.
Para ello, dispondrá de un plazo de
cuatro meses para emitir un informe sobre la concurrencia de “circunstancias objetivas que justifican la aplicación de los
coeficientes reductores”, tal como establece el artículo 22 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público.
Jubilación anticipada en sanidad
El proyecto especifica que la
reducción de la edad de jubilación solo será posible cuando no sea factible “modificar las condiciones de trabajo” que generen los
riesgos identificados. Entre los indicadores que determinarán la
peligrosidad y
penosidad del trabajo se incluyen índices de morbilidad y siniestralidad, la duración de las bajas médicas, las incapacidades permanentes y los
fallecimientos relacionados con el desempeño de la actividad. Estos parámetros se analizarán en función de factores como el género y la edad.
Además, el proceso incluye la elaboración de
informes de siniestralidad por parte de la
Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social que analizará las condiciones laborales y propondrán medidas de mejora para mitigar los riesgos antes de proceder a la aplicación de coeficientes reductores. Este documento se remitirá al
Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo para que emita otro informe en el ámbito de su competencia sobre prevención de riesgos laborales.
Evaluación periódica de los coeficientes reductores
Este proyecto, que
sustituye al anterior Real Decreto 1698/2011 sobre jubilación anticipada en actividades de riesgo, establece que los coeficientes reductores aplicados serán
revisados “cada diez años”. De esta manera, se asegurará que la normativa se mantenga actualizada con “los avances tecnológicos” y cambios en las condiciones laborales que puedan influir en la penosidad o peligrosidad de las actividades profesionales.
El decreto, a su vez, establece una
edad mínima de jubilación anticipada a los 52 años e introduce un requisito adicional: aquellos trabajadores que se beneficien de esta medida deberán
incrementar sus cotizaciones a la Seguridad Social. El incremento de cotización recaerá tanto sobre la empresa como sobre el trabajador en el caso de los asalariados, mientras que para los autónomos será íntegramente a carga de ellos mismos, tal y como explica el documento.
Penosidad y peligrosidad del trabajo sanitario
Por el momento se desconoce qué sectores podrán optar a esta jubilación anticipada, ya que la decisión está
sujeta a los informes que emita el mencionado comité. A pesar de ello, los propios trabajadores del ámbito sanitario consideran que su profesión debería ser una de las candidatas para beneficiarse de esta medida.
Los motivos se ciernen a que ejercen en un entorno laboral que, en ocasiones, pone en riesgo su salud física y mental a largo plazo, algo que se ve motivado por las
largas y agotadoras jornadas nocturnas y la exposición constante a enfermedades y
situaciones de alta presión. Por esto, consideran que el impacto acumulativo de estas condiciones justifica la necesidad de
revisar sus derechos de jubilación.
Además, estos trabajadores están expuestos a indicadores que el acuerdo para la
reforma de las pensiones valora de cara a la jubilación anticipada, que tienen que ver con la rotación, la
siniestralidad, el daño en el trabajo y la seguridad en el entorno laboral, por no hablar de las
bajas laborales por contingencias comunes - altas en sanidad - y la duración media de los procesos.
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