La
campaña de la renta se inicia este año con algunas novedades de calado para los contribuyentes. En el caso de los autónomos, una de las más significativas es la obligatoriedad de declarar incluso los
rendimientos inferiores a 1.000 euros, cifra que hasta el pasado ejercicio fijaba el límite para hacerlo. Dicha medida no tendrá efecto alguno para la inmensa mayoría de los médicos, que lógicamente superan esa facturación. No obstante, sí puede suponer un inconveniente para algunos facultativos en formación que ejerzan en clínicas, por ejemplo, mientras preparan el
MIR.
Según avanzó la
Agencia Tributaria, deberán presentar la declaración de la renta los contribuyentes que a partir de
1 de enero de 2023 hayan estado dados de alta en cualquier momento del período impositivo como
trabajadores por cuenta propia o autónomos.
A este respecto,
María José Campillo, secretaria de Finanzas y Servicios de la
Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) y presidenta de este sindicato en la Región de Murcia, expone el caso de un joven que realice de forma esporádica un arrendamiento de servicios en una o dos clínicas mientras estudia el MIR. También hay quienes realizan trabajos en este tipo de centros, por ejemplo, mientras esperan los resultados del examen.
“Estas personas tienen ingresos pequeñitos que antes no estaban obligados a declarar, pero ahora sí van a tener que hacerlo”, recuerda Campillo, que indica que el no hacer este trámite
implicará multas (entre el 50 y el 100 por ciento de la cantidad omitida).
Generalmente el impacto económico de esta declaración será mínimo, pues, además, estos contribuyentes no suelen tener muchos
gastos que desgravarse. “Puede suponerles un contratiempo, pero, si son cantidades pequeñas,
lo normal es que se lo devuelvan”, subraya la dirigente de CESM.
Por lo demás, incide María José Campillo, los médicos se ven igual de afectados que el resto de los autónomos con el nuevo sistema de cotización, que establece
15 tramos en función de los ingresos reales del trabajador. El escalón más alto engloba a los profesionales con rendimientos
superiores a los 6.000 euros, que hacen frente a una
cuota de autónomos de 500 euros, mientras que los que facturan entre 4.050 y 6.000 euros aportan 420 euros.
Otros cambios en la renta de los médicos autónomos
Tal y como informó el Gobierno, en esta campaña, los autónomos se beneficiarán de una reducción de un 5 por ciento adicional en los rendimientos netos en la
tributación por módulos y, en la estimación directa simplificada, tendrán una deducción adicional de dos puntos, hasta el 7 por ciento, en
gastos de difícil justificación. Es decir, aquellos cuya vinculación directa con su actividad no está clara.
También tendrán que prestar atención a esta campaña los pensionistas que realizaron aportaciones a
mutualidades laborales y pagaron de más en el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).
Aunque pueda contener afirmaciones, datos o apuntes procedentes de instituciones o profesionales sanitarios, la información contenida en Redacción Médica está editada y elaborada por periodistas. Recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.