Una
sentencia judicial del
Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) acaba de dar un
giro a la estrategia de las Administraciones para tratar de regularizar la situación de muchos trabajadores de los servicios de salud autonómicos. En concreto, esta aclara que no se puede convertir a un eventual en interino sino que se le debe asignar la condición de indefinido no fijo.
"Cuando se ha producido un fraude,
la reconversión de un eventual en interino en vacante no es suficiente para erradicar ni solucionar el fraude, la solución pasa por reconocer la condición de indefinido no fijo", aclara el texto judicial.
Este caso concreto afecta al
Plan de Estabilidad del Sergas del año pasado por el que se crearon 450 vacantes de este tipo. Según ha explicado a
Redacción Médica el abogado laboralista
Fabián Valero, el fallo judicial es “muy contundente” y declara
ilegal “tener a una persona en interino en vacante si previamente ha sido temporal”, lo que previsiblemente es un precendente para el resto de comunidades autónomas.
Además, con el
fallo judicial, los trabajadores tienen reconocida su antigüedad desde el primer contrato firmado y
si son cesados deben ser indemnizados. El letrado ha explicado que esta sentencia anticipa que cualquier escenario similar de personal con vínculo administrativo puede tener la misma consecuencia.
“Los
tribunales superiores de justicia se comunican entre ellos y, alguien apuesta por esta vía, y se arriesga a dar este paso, es que hay un movimiento favorable en esta dirección”, ha añadido.
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