Hay más probabilidades de ganar
El Gordo de la Lotería de Navidad que de sufrir un trombo por la vacuna del coronavirus Covid-19. En el primer caso, la posibilidad de ser agraciado con el primer premio es del 0,001 por ciento, mientras que la de sufrir un trombo tras ser vacunado con, por ejemplo,
Astrazeneca es del 0,0001 por ciento, según expertos de la
Universidad de Cambridge. Una posibilidad que, aunque sea remota, puede generar varias demandas contras las compañías farmacéuticas por los pacientes que sufran estos efectos secundarios. Una situación que la resolución extrajudicial de conflictos puede tener más que protagonismo en el futuro.
Ahora, la Justicia deberá examinar
“caso por caso”, tal y como explica Ofelia De Lorenzo, socia de De Lorenzo Abogados, que detalla que en el caso de que un paciente demande a una compañía por detectar un afecto adverso “deberá demostrar que el mismo es provocado por la vacuna. En este caso, tendrá que acreditar que la misma no es segura y no cumple con los estándares de seguridad marcados por las agencias reguladoras”.
En el caso concreto de las vacunas contra el coronavirus Covid-19, Ofelia De Lorenzo subraya que, según los contratos firmados entre la Unión Europea y las compañías farmacéuticas -o al menos los que han trascendido-, “son los Estados miembros los que
deberán de responder con la indemnización que fije el juez en el caso de existir una sentencia condenatoria sobre la compañía”.
"Los estados miembros deberán responder ante las indemnizaciones que fije un juez" por los efectos adversos de las vacunas del Covid-19
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En el caso de España, los jueces pueden recurrir al baremo de accidentes de tráfico para sentenciar este tipo de indemnizaciones, aunque, prosigue De Lorenzo,
“no siempre el baremo es vinculante. Los jueces pueden aplicar otros criterios”.
Baremo de daños sanitarios
En este punto, De Lorenzo recuerda que hay un proyecto de ley que sustituiría el criterio del baremo de accidentes de tráfico, el denominado baremo de daños sanitarios. Una norma que lleva varios años esperando a ser aprobado por el Consejo de Ministros.
“Es el momento idóneo para sacar adelante esta ley”, subraya Ofelia De Lorenzo.
Además, la letrada también ve interesante otra vía para resolver cualquier tipo de indemnización en lo referente a las vacunas contra el coronavirus: la resolución extrajudicial de conflictos.
“Lo ideal, y sobre todo ahora, es que se apueste por mecanismos de resolución extrajudicial de conflictos en el sentido de que no se judicialice la búsqueda de indemnizaciones por daños secundarios generados por las vacunas”, sentencia la experta en Derecho Sanitario.
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