La Justicia ha obligado a una madre
a vacunar a sus hijos, de 7 y 11 años, tras una demanda interpuesta por el padre. La
sección sexta de la Audiencia Provincial de Vigo ha dado la razón así al progenitor, señalando que prima la salud de los menores frente al criterio de uno de ellos.
Según ha reflejado la sentencia, recogida por medios locales, la vacunación “obedece a estudios e informes científicos que buscan una mejor protección de la población y
no a meras arbitrariedades o errores”. Y es que antes que de que los padres se separasen, ambos habían decidido no vacunar a sus hijos. El padre, sin embargo, tras la separación, había cambiado de criterio, por lo que el caso acabó en los tribunales.
Tras obtener un fallo similar en los juzgados de primera instancia, la Audiencia Provincial ha zanjado ahora el asunto. “No solo no se ha acreditado desde el punto de vista médico que las vacunas causen perjuicio para la salud, sino que, por el contrario, la mayoría de los estudios científicos sobre la materia llevan a concluir que
los beneficios de la vacuna son innegables tanto a nivel individual como poblacional”, indica el fallo.
Beneficios de las vacunas
Además la Audiencia ha tenido en consideración otros beneficios, como por ejemplo el hecho de que los niños
pueden verse perjudicados a la hora de acceder a los servicios públicos como son las guarderías o los centros educativos.
Desde el pasado mes de junio Galicia es, de hecho,
la primera CCAA en implantar y elevar a ley la obligación de vacunar a los menores para que puedan acceder a las guarderías públicas, tal como publicó Redacción Médica.
Aunque pueda contener afirmaciones, datos o apuntes procedentes de instituciones o profesionales sanitarios, la información contenida en Redacción Médica está editada y elaborada por periodistas. Recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.