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Una sanitaria logra que corrijan su examen OPE aunque olvidó identificarse

El Tsjex desestima el recurso presentado por el Servicio Extremeño de Salud a una sentencia previa en su contra

Sede del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.

06 nov 2023. 18.20H
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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (Tsjex) obliga al Servicio Extremeño de Salud (SES) a corregir el examen de una opositora que no entregó la hoja de identificación junto a la de respuesta.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo ya había dado la razón a la afectada después de que el SES se negara a evaluar su prueba. Por ello la Administración presentó un recurso a la sentencia ante el Alto Tribunal extremeño, que lo ha desestimado y ha confirmado la obligación de corregir el examen, celebrado en noviembre de 2022.

Entre otros motivos, el Tsjex arguye que no hay manera de confundir la prueba de la opositora afectada con la de otro aspirante por dos motivos: porque sólo hubo un examen que se quedó sin corregir y porque la hoja en la que se recogían los datos de la denunciante y la de respuesta con el contenido de su ejercicio tienen el mismo código de barras. Así lo deduce la Sala de lo que se explica en el informe del tribunal de Selección, incorporado a la resolución de la Dirección de Gerencia del SES, tal y como se indica en un comunicado del Consejo General del Poder Judicial.

Argumentos del TSJ de Extremadura


En este sentido, la sentencia indica que se comprende que, “inicialmente, no se corrigiera el examen de la parte apelante debido a que no constaban los datos de identificación en la hoja”, lo cual “impedía conocer la identidad de la opositora en relación a la hoja de respuesta”.

A pesar de ello, se aclara: “Cuando la parte demandante reclama por la falta de corrección, quedando sólo un examen sin corregir de los 4.172 aspirantes, y habiéndose comprobado que la opositora estaba en el aula en donde faltaba dicha hoja, solamente puede existir una conclusión, y es que el examen de la parte demandante tiene que ser corregido”.

Cabe resaltar que la sentencia del Tsjex no es firme, por lo que se puede interponer un recurso de casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo.

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