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TC: "El cannabis no es un medicamento y su regulación compete al Estado"

El tribunal ha anula la ley catalana de asociaciones cannábicas

Tribunal Constitucional.

26 sep 2018. 16.05H
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POR REDACCIÓN
El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha decidido por unanimidad declarar inconstitucional y nula la Ley del Parlament que regulaba las asociaciones de consumidores de cannabis en Catalunya.

La sentencia, cuyo ponente ha sido el magistrado Ricardo Enríquez, considera que el cannabis contiene elementos o principios activos susceptibles de aplicación terapéutica, pero no es un medicamento sino "una sustancia calificada como estupefaciente, lo que significa que es una competencia en materia penal reservada al Estado". Además, ha afirmado que su regulación compete al Estado.

Por ello, la resolución también ha descartado que pueda tratarse de una competencia autonómica en materia de asociaciones o de consumo y protección de consumidores y usuarios, ya que éstas no pueden amparar una norma que "regula, con incidencia sobre el tipo penal definido en la legislación estatal, el consumo, el abastecimiento y dispensación de cannabis".

La sentencia considera que el contenido de la ley catalana 13/2017, de 6 de julio, invade competencias que corresponden al Estado en esta materia, fundamentalmente en materia penal del artículo 149.1.6 de la Constitución.


El Constitucional ya había anulado la ley de Navarra


El tribunal también recuerda en la sentencia que anteriormente declaró inconstitucional la Ley Foral 24/2014, de 2 de diciembre, reguladora de los colectivos de usuarios de cannabis de Navarra.

En ese caso, el TC indicó que si las asociaciones de usuarios de cannabis "pudieran llegar a normalizar actividades que, como la promoción y facilitación del consumo ilegal de estupefacientes, son delictivas", ello supondría que la norma estaría incidiendo en los tipos penales, de exclusiva competencia estatal. 

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